La Segob se posiciona a favor de Yuridia por caso de discriminación

El caso de Yuridia y los comentarios que recibió en el pasado acerca de su aspecto físico de parte de un programa de televisión son tema de interés nacional, la Comisión Nacional para la Violencia contra las Mujeres (Conavim) publicó un comunicado condenando la acción de los presentadores.

La Secretaría de Gobernación (Segob), a través de la Comisión Nacional para Prevenir la Violencia contra las Mujeres (Conavim), publicó un comunicado este 11 de febrero, en el cual condenó las declaraciones que la periodista mexicana hizo durante una de las emisiones de "Ventaneando", en las que, pese a reconocer la gran capacidad vocal de Yuridia, hacía referencia a su peso, denominadora como una persona "gorda", situación que de acuerdo con lo que cuenta la interprete, la afectó mucho emocionalmente.

"Condenamos las declaraciones hechas en su momento por una reconocida conductora de espectáculos en contra de la cantante Yuridia, al criticar su aspecto físico", comienza el comunicado.

La Conavim, además, habló del peso e impacto que los medios de comunicación tienen en la sociedad, motivo por el que debe evitarse el acto de fomentar la discriminación. De hecho, la comisión aclaró que, si bien, los comentarios dirigidos a la interprete sucedieron hace más de una década, en la actualidad, podrían fomentar a la cultura discriminatoria que aún permea en nuestra población. "Los medios de comunicación masiva son actores claves para la construcción de una cultura libre de violencia contra las mujeres; sus contenidos, expresiones y comportamientos de la sociedad en espacios de difusión masiva repercuten en las conductas y comportamientos de la sociedad", prosigue.

El peso de las palabras

La Segob junto con Conavim expusieron que los actos de gordofobia afectan a la salud mental, desenvolvimiento social y oportunidades laborales de las personas que son discriminadas por su peso y no sólo esto, pues también pueden provocar la aparición de trastornos alimenticios como la anorexia, la bulimia y el sobrepeso.

De esta manera, reiteraron que dichos comentarios forman parte de actos discriminatorios que son tipificados como violencia digital y mediática:

"Al hacerlo, sobremanera en un espacio de difusión masivo, incurrió en actos discriminatorios que se puede tipificar dentro de la violencia digital y mediática, estipuladas en las disposiciones a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Título II, Capítulo IV TER, artículo 20 Quinquies), detonando en el pasado y ahora, en acciones dolosas que provocan burlas por el aspecto físico de una persona".

De esta manera, hicieron un exhorto a los medios de comunicación en general, para que combatan todo tipo de violencia contra la mujer.