No dan cuarentena al perdón de los pecados

La Iglesia Católica aplica medidas especiales para atender a sus seguidores que buscan cumplir con los sacramentos.

HERMOSILLO, SON.- La estrategia de quedarse en casa, que se está siguiendo para combatir al coronavirus, parece tener resultados positivos, en Wuhan (donde se originó el brote) ya se levantó la cuarentena, España, Italia y Nueva York han bajado sus tasas de muertes por el Covid-19, y la Iglesia Católica está apoyando a sus seguidores para seguir esta medida.

Además de la transmisión de la Santa Misa y otras actividades, que regularmente toman lugar en los templos, para evitar las aglomeraciones de personas, que pueden convertirse en focos de contagios en tiempos de pandemia, la Iglesia está poniendo a disposición de sus feligreses varias formas de perdón de sus pecados, que van desde facilidades para obtener indulgencias plenarias hasta absoluciones colectivas, sin descartar las confesiones ‘Drive-Thru’.

El Vaticano publicó, el pasado 20 de marzo, un decreto en el que se otorgan indulgencias especiales a los afectados por el Covid-19, asimismo, en la nota que acompaña al decreto se explica que por “la gravedad de las circunstancias actuales… y hasta que no termine este fenómeno” recuerda la posibilidad de impartir la absolución colectiva, “sin previa confesión individual”.

A continuación se explica un poco más sobre las indulgencias especiales y las absoluciones colectivas.

¿Qué es una indulgencia plenaria?

Para los católicos, mediante el sacramento de la penitencia, es posible obtener la absolución de los pecados, que significa que Dios perdona los pecados a quien realice una confesión (y que cumpla con los requisitos para obtenerla), una vez obtenida la absolución se dice que la persona está en estado de gracia.

Es necesario especificar que los pecados se perdonan, pero no la pena que los acompaña en el purgatorio. Para los católicos, al fallecer, una persona a la que Dios le haya perdonado sus pecados, aún debe cumplir la pena que acompaña a sus pecados, misma que se realiza en el purgatorio, llamado así ya que es en donde se limpian (o purgan) los pecados antes de llegar al cielo.

Según la religión católica, gracias a la infinita misericordia de Dios, es posible obtener también el perdón de estas penas, mediante indulgencias plenarias, que borran todas las penas acumuladas hasta el momento de realizarlas o parciales, que como su nombre lo indican, sólo borran una parte de la pena acumulada.

Requisitos

Sólo se puede obtener una indulgencia plenaria por día, que requiere:

  • Estar en estado de gracia.
  • Tener la intención de ganar la indulgencia.
  • Hacer una de las obras especificadas para ganar la indulgencia.
  • Tener repulsión al pecado (incluso venial) durante la obra realizada.
  • Rezar un Padre Nuestro y Un Ave María por las intenciones del Papa.
  • Requiere confesión individual y recibir la eucaristía 20 días antes o después de hacer la indulgencia.

Formas de obtener indulgencia plenaria

  • Adoración a la Eucaristía durante media hora.
  • Realización del Vía Crucis recorriendo las catorce estaciones erigidas meditando la Pasión del Señor.
  • Rezo del Santo Rosario (5 misterios seguidos) en una iglesia, o en familia, o acompañado de otros.
  • Lectura o audición de la Sagrada escritura durante media hora.

Indulgencias plenarias en circunstancias especiales

  • Recibir la bendición papal ‘Urbi et Orbi’ (o escucharla por radio o televisión, en directo).
  • La Penitenciaría Apostólica precisa que, para obtener la indulgencia plenaria, los enfermos con coronavirus, los que están en cuarentena, así como los trabajadores de la salud y los familiares que se exponen al riesgo de contagio por ayudar a los afectados por el Covid-19, podrán simplemente recitar el Credo, el Padre Nuestro y una oración a María.

 Absoluciones colectivas

Existen algunos detalles que debemos tomar en cuenta sobre la absolución colectiva, como las circunstancias en las que se emplean, requisitos para que sea válida, compromisos que se adquieren al participar, entre otros.

El sacramento de la confesión permanece igual que siempre, las absoluciones colectivas se siguen empleando sólo en casos en los que existe un inminente peligro de muerte, que no exista suficiente tiempo para que el sacerdote escuche las confesiones individuales y que exista una necesidad grave.

Corresponde al obispo determinar, en relación con el nivel de contagio pandémico en su diócesis, los casos de grave necesidad en los que es lícito impartir la absolución colectiva.

Quien recibe la absolución colectiva debe de tener el propósito de confesarse de manera individual una vez pasada la emergencia.

El sacerdote está obligado a avisar, en la medida de lo posible, al obispo diocesano o si no puede, a informarle cuanto antes de la absolución colectiva realizada.

Entre los escenarios contemplados por el decreto se contempla “a la entrada de las salas de hospital, donde estén ingresados los fieles contagiados en peligro de muerte, utilizando en lo posible y con las debidas precauciones los medios de amplificación de la voz para que se pueda oír la absolución”.

Las confesiones

El decreto establece que corresponde al obispo de la diócesis indicar a los sacerdotes y penitentes las atenciones prudentes que deben adoptarse en la celebración individual de la reconciliación sacramental, como la celebración en un lugar ventilado fuera del confesionario, la adopción de una distancia conveniente, el uso de máscaras protectoras, sin perjuicio de la atención absoluta para salvaguardar el sello sacramental y la discreción necesaria.

Un ejemplo de cómo se toman estas medidas han sido las confesiones “Drive-Thru”, una modalidad de servicio empleada en varios negocios, en las que se adquieren productos o servicios directamente en el auto, sin necesidad de bajarse, así pues, ha habido sacerdotes en Hermosillo que ofrecen las confesiones desde el auto del penitente.

No hay confesiones virtuales

Aunque pudieran parecer muy convencionales los dispositivos electrónicos, la confesión requiere la capacidad indiscutible de secrecía en protección del penitente, ya que no existe dispositivo que cumpla con esta capacidad, no es posible realizar el sacramento de la confesión por este medio.

La Misericordia de Dios es infinita

Cuando el fiel se encuentre en la dolorosa imposibilidad de recibir la absolución sacramental, debe recordarse que la contrición perfecta, procedente del amor del Dios amado sobre todas las cosas, expresada por una sincera petición de perdón (la que el penitente pueda expresar en ese momento) y acompañada de votum confessionis, es decir, del firme propósito de recurrir cuanto antes a la confesión sacramental, obtiene el perdón de los pecados, incluso mortales (cf. Catecismo, n. 1452).