¿Trabajaste el 15 de noviembre? Aquí te decimos cuánto te tienen que pagar
La Ley Federal del Trabajo (LFT) estipula que esta fecha debe de ser pagada como día festivo laborado.
HERMOSILLO, SON.- Este 15 de noviembre es inhábil para muchos lugares de trabajo, por motivo del aniversario de la Revolución Mexicana y, aunque en la mayoría de las empresas este día es laborable, la Ley Federal del Trabajo (LFT) estipula que esta fecha debe de ser pagada como día festivo laborado.
De acuerdo con el artículo 74 de la LFT, “Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
Es decir que al trabajar en un día de descanso obligatorio, deberás ser retribuido con tu salario diario normal más el doble. Por ejemplo, si un trabajador tiene un sueldo diario de cien pesos, al trabajar este 15 de noviembre se le debe de pagar los $100 del día normal más $200 adicionales.
Previamente debe de existir un acuerdo entre los trabajadores y los patrones, aquí se determinará el número de empleados necesarios para esa fecha.
Es muy importante que las y los trabajadores conozcan sus derechos laborales, esto impedirá abusos por parte de los patrones.
El esfuerzo diario también merece una recompensa, tal como el pago de aguinaldo.
Con información de la Ley Federal del Trabajo https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/156203/1044_Ley_Federal_del_Trabajo.pdf