Colectivos de buscadoras no deben sentirse afectados por la Ley Ingrid

Con la modificación del texto del artículo 167 del Código Penal, se busca dejar en claro que los colectivos de búsqueda no serán afectados por la Ley Ingrid, ya que su actuar no es con dolo.

La diputada cajemense Ernestina Castro Valencia, dio a conocer que las integrantes de los colectivos de búsqueda no deben sentirse afectadas por lo establecido en la Ley Ingrid, ya que su labor no se realiza con dolo ni con fines lucrativos.

La legisladora del Grupo Parlamentario de Morena informó que se está trabajando en la modificación del texto del artículo 167 del Código Penal, que hace referencia a la homologación de la Ley Ingrid en el Estado, con el fin de que los colectivos puedan realizar su labor sin temor a ser acreedoras de alguna sanción.

No tienen que sentirse afectadas porque su función es diferente, ellas lo que están haciendo se recuperar los restos de personas desaparecidas, no hay dolo al momento de subirlo a una plataforma, sino que es parte del seguimiento que ellas les dan, eso pudiera quedar muy puntualizado en las modificaciones que estamos haciendo

Ernestina Castro Valencia
Legisladora del Grupo Parlamentario de Morena

En el caso del gremio periodístico, Castro Valencia señaló que tampoco deben sentirse afectados, pues esta ley no transgrede el artículo sexto de la Constitución Política, mismo que habla del derecho a la información y la libertad de expresión.

Colectivos de buscadoras no deben sentirse afectados por la Ley Ingrid