IEEyPC aclara límites legales sobre cancelación de candidaturas judiciales
Nery Ruiz Arvizu detalló que el INE sesionó recientemente para revisar casos sobre la cancelación de registros, subrayando que la evaluación sobre la idoneidad de las y los candidatos recae en los comités correspondientes.
El presidente del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEyPC), Nery Ruiz Arvizu, aclaró que los organismos electorales no tienen la facultad de cancelar registros de candidaturas judiciales por cuenta propia, salvo que exista una resolución expresa por parte de una autoridad jurisdiccional.
"El Instituto Nacional Electoral, al igual que nosotros como autoridades electorales, no tenemos competencia para cancelar registros, salvo que haya una resolución de las autoridades jurisdiccionales, es decir, que algún tribunal nos lo ordene", señaló.
Durante su declaración, también se refirió a los señalamientos hechos por el secretario de Seguridad, Omar García Harfuch, sobre jueces en Sonora presuntamente implicados en fallos a favor de personas relacionadas con delitos. Al respecto, Ruiz Arvizu explicó que ese tema corresponde al ámbito federal y, por tanto, al Instituto Nacional Electoral (INE).
Además, detalló que el INE ya sesionó recientemente para revisar diversos casos sobre la cancelación de registros, subrayando que la evaluación sobre la idoneidad de las y los candidatos recae en los comités correspondientes.
Ruiz Arvizu recordó que, tras la conclusión de las campañas, se iniciará el proceso de fiscalización y es en este periodo donde se pueden detectar irregularidades, como el rebase de los topes de gasto, lo que podría derivar en la negativa de entrega de la constancia de mayoría si se demuestra que influyó en el resultado electoral de un candidato.
Finalmente, señaló que una vez declarados los ganadores, el IEEyPC realizará una verificación final de los requisitos de elegibilidad que son no tener antecedentes por violencia, agresiones sexuales o deudas alimentarias.