"Depende de cada patrón adelantar o no el aguinaldo": JLCA

Los empleadores que deseen adelantar el pago de aguinaldos por el Buen Fin podrán hacerlo libremente, pero su única obligación legal es realizarlo antes del 20 de diciembre de cada año, explicó ayer Jorge Clausen.

HERMOSILLO, SON.- Los empleadores que deseen adelantar el pago de aguinaldos por el Buen Fin podrán hacerlo libremente, pero su única obligación legal es realizarlo antes del 20 de diciembre de cada año, explicó ayer Jorge Clausen.

El presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Sonora abundó en esta prestación que pretende darle a los trabajadores un poco de soltura económica previo a los festejos de Navidad y Año Nuevo.

“El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo es el que establece el pago del aguinaldo, y ese artículo habla de que las empresas o los patrones, sean personas físicas o morales, deben cubrir a sus trabajadores el importe de cuando menos 15 días de trabajo antes del 20 de diciembre de cada año”.

“El plazo que la Ley les exige es pagarlo antes del día 20 de diciembre, entonces ya depende de cada patrón el establecer si se los adelanta o no”, expuso.

Respecto a las demandas que más se han presentado durante la pandemia de Covid-19, el funcionario señaló un incremento de las relacionadas con el tema de despidos, aunque aseguró que tampoco han sido demasiadas.

“Sí se han presentado, se ha incrementado un poco, no ha sido mucho, pero también ha provocado muchos arreglos conciliatorios; ha tenido de los dos lados, muchos expedientes se han arreglado y obviamente también entró un número más o menos importante de demandas derivadas de la pandemia”.

“Lo más recurrentes son los despidos, porque desafortunadamente hubo negocios que tuvieron que cerrar, unos llegaron a arreglos de reapertura y volver a contratarlos y les siguieron pagando alguna cantidad, otros de plano no, y no le quedó más al trabajador que venir a demandar”, dijo.