Décimo Transitorio y Cuentas Individuales, las Jubilaciones del Issste

Los trabajadores del Gobierno Federal que son protegidos por el Issste pueden acceder a diferentes formas de pensión, pero no todas son iguales ni para todos. Conoce los requisitos y quienes son sujetos a las diferentes modalidades.

Uno de los temas que más debe ocupar a los trabajadores del régimen federal es el tema de su jubilación con el Issste, y es que a pesar de ser la forma en que éstas personas podrán subsistir durante su vejez, existe desinformación en cuanto a qué modalidad pertenecen: Décimo transitorio o Cuentas Individuales.

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (Issste) ofrece varias opciones para poder garantizar su jubilación una vez cumplidos sus años de servicio o la edad requerida para retirarse dependiendo de si el trabajador comenzó a cotizar antes del 2007 o si está dentro de la nueva Ley del Issste 2007.

DÉCIMO TRANSITORIO

La modalidad de Décimo Transitorio o Régimen anterior pudo ser elegida por los trabajadores que desearon mantenerse en este esquema, donde se garantiza que la pensión será calculada con base al sueldo básico del último año inmediato a la fecha de baja del trabajador, donde podrá elegir tres modalidad en caso de cumplir con los requisitos.

  • Pensión por jubilación

En esta modalidad se toman en cuenta dos factores: años cotizados al Issste y la edad del solicitante. En este caso el importe de la pensión será el cien por ciento del sueldo básico del último año anterior a la fecha de baja.

Para esta modalidad se requiere estar en una Afore, contar con el Expediente de Identificación de Trabajador actualizado del Afore y 30 años mínimo de servicio en caso de hombres y 28 para mujeres, donde la edad incrementa según un tabulador de año de pensión.

  • Pensión por edad y tiempo de servicio

Del 2018 en adelante, aquellos con mínimo 60 años podrán acceder a esta modalidad, y dependiendo de los años de servicio será la equivalencia del porcentaje de sueldo mínimo con el cual podrá estar recibiendo su pensión con un mínimo de 15 años de trabajo para poder obtener el 50 por ciento de su sueldo básico.

  • Pensión por Cesantía en Edad Avanzada

Los que deseen pensionarse de 2018 en adelante y con un mínimo de 65 años podrán acceder a la pensión por cesantía donde la mayor diferencia con los anteriormente mencionados casos, se requiere mínimo de 10 años de servicio y dependiendo de la edad será el porcentaje de pensión que puede estar entre el 40 y 50 por ciento.

CUENTAS INDIVIDUALES

Los trabajadores que comenzaron a cotizar en el Issste a partir del 1 de abril del 2007, o en su defecto hayan decidido cambiarse del Décimo Transitorio a la Ley Issste 2007, deberán analizar cómo acceder a una de las modalidades de jubilación donde existen tres ventanas.

  • Renta Vitalicia

Será una aseguradora quien otorgue al jubilado su pensión basado en el saldo acumulado en su cuenta Afore donde de por vida podrá garantizar un pago de acuerdo a la inflación, pero también se deberá comprar un Seguro de Sobrevivencia que deje a beneficiarios del jubilado una pensión a su fallecimiento.

Para este programa se debe contar como se menciona con una Afore y mínimo 25 años cotizando en el Issste.

Aquí el trabajador elegirá la aseguradora que más le convenga de un listado proporcionado por el Issste y también se hará entrega en una sola exhibición los recursos del SAR Issste 92, SAR Fovissste 1992 (en caso de contar con recursos en esta subcuenta) y en caso de existir remanentes en la Afore tras el financiamiento de su pensión.

Los recursos de la subcuenta Fovissste 2008 serán utilizados para financiar tu pensión.

  • Retiro Programado

El retiro programado es para acceder a una mensualidad contratada con el Afore dependiendo de los recursos que ahí se tengan acumulados, los rendimientos obtenidos y la esperanza de vida calculada.

Se debe considerar que esta modalidad será recibida hasta que se agoten los recursos de tu cuenta Afore y se deberá comprar también un Seguro de Sobrevivencia que permitirá a los beneficiarios recibir su pensión en caso de muerte.

También podrá acceder al pago en una sola exhibición de los recursos que existan en el SAR Issste 92 y el SAR Fovissste 1992 si existe.

  • Pensión Garantizada

La última opción para el Régimen de Cuentas Individuales es la de Pensión Garantizada que se le otorgará a aquellos entre 60 y 65 años de edad con 25 años cotizados en el Issste pero que los recursos con los que cuenta en la Afore no les alcanza para contratar una Renta Vitalicia o Retiro Programado, por lo que recibirá un pago mensual de entre 5 mil y 6 mil pesos conforme al Índice Nacional de Precios del Consumidor.

RECOMIENDAN ASESORARSE PARA GARANTIZAR EL RETIRO DIGNO

Patricia Jiménez, asesora patrimonial, explicó para el noticiero Expreso 24/7 con Marcelo Beyliss la importancia de conocer a que régimen de jubilación pertenecen, pues desde 2007 que se hizo el cambio a la nueva Ley Issste 2007, muchos trabajadores eligieron con desconocimiento si pertenecer al Décimo Transitorio o Cuentas Individuales.

La asesora comentó que con 1 millón 864 mil pesos más 35 por ciento es el monto necesario para poder acceder a las modalidad de jubilación de Cuentas Individuales, por lo que a partir de este acumulado en la Afore es que se estiman los pagos mensuales y el pago en una sola exhibición que podrán recibir al momento de su retiro.

Por esto exhortó a los trabajadores a acudir a asesorarse para poder informarse de las opciones con las cuales podrán acceder a un retiro digno donde no tengan que sufrir por dinero para mantenerse el resto de su vida.