Podrán reconstruir 'sin pagar impuestos'
En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación de ayer, la Secretaría de Hacienda informó que personas físicas o morales podrán deducir de manera inmediata, y al 100 por ciento, la compra de bienes de activo fijo destinados a la reconstrucción.
Para apurar la reconstrucción y rehabilitación de Acapulco tras el paso de 'Otis', el Gobierno federal decidió acelerar las devoluciones fiscales, facilitar las donaciones y apoyar los trabajos "sin el pago de impuestos" por tres meses.
En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación de ayer, la Secretaría de Hacienda informó que personas físicas o morales podrán deducir de manera inmediata, y al 100 por ciento, la compra de bienes de activo fijo destinados a la reconstrucción, rehabilitación o sustitución en zonas afectadas por el huracán, si se adquieren de octubre a diciembre de 2023.
Eso significa que si una persona física o moral compra maquinaria para reconstruir un inmueble, podrá recuperar el 100 por ciento de esa adquisición, pues será deducible de los ingresos totales que reporta al fisco.
"Si un hotel va adquirir todo el equipo de cómputo y muebles en el plazo señalado por Hacienda, va a poder restar lo que le costaron de los ingresos que declara al fisco", explicó Virginia Ríos, experta fiscal y académica de la Universidad Panamericana.
Sin pagar impuestos
O si una persona tuvo ingresos por un millón de pesos hasta ayer 30 de octubre, cuando entraron en vigor estos beneficios, y a partir del 31 de octubre y hasta el 31 de diciembre gasta para reconstruir o rehabilitar su negocio 2 millones de pesos, en su declaración anual no pagaría ningún impuesto.
El fisco precisó que la deducción inmediata por compra de bienes no será aplicable para automóviles, equipo de blindaje de automóviles o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente.
A las personas físicas que tengan su vivienda en las zonas afectadas y que paguen ISR no se les sumarán a su declaración los donativos o apoyos económicos que reciban de personas morales o fideicomisos autorizados, siempre y cuando se destinen para su rehabilitación o reconstrucción.
Otro de los beneficios es que se dan facilidades a las personas físicas y morales para pagar sus impuestos.
Por ejemplo, podrán enterar en tres parcialidades a partir de enero el IVA y el IEPS correspondiente a octubre, noviembre y diciembre de 2023.
De acuerdo con el decreto, otro estímulo consiste en que patrones podrán pagar el ISR de sus trabajadores del último trimestre del año en tres parcialidades, sin actualizaciones y multas.