Ordena juzgado apoyos fiscales
Un juzgado federal de San Luis Potosí ordenó al Ejecutivo federal dictar medidas de apoyo a los contribuyentes ante la emergencia provocada por el Covid-19
CIUDAD DE MÉXICO.- Un juzgado federal de San Luis Potosí ordenó al Ejecutivo federal dictar medidas de apoyo a los contribuyentes ante la emergencia provocada por el Covid-19, tal y como lo dispone el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación.
El Juzgado Tercero de Distrito en la capital potosina notificó hoy una suspensión en la que ordena al Gobierno “que dicte las medidas y acciones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 39, fracción primera, del CFF, en virtud de la situación en la que actualmente se encuentra el país”.
Dicho artículo indica que el Ejecutivo, mediante resoluciones de carácter general, podrá: “Condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama
de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias”.
El juzgado, actualmente a cargo del secretario en funciones de juez Alejandro Zavala Parra, dio un plazo improrrogable de 24 horas al Gobierno para que informe sobre el acatamiento a la suspensión.
El amparo, que impugna la omisión del Gobierno para aplicar el artículo 39 del CFF, fue promovido el 2 de abril por Cano Soto y Asociados, un despacho de San Luis Potosí.
El sector empresarial ha solicitado de manera reiterada un plan que incluya medidas de alivio en materia fiscal, pero el Gobierno no ha aceptado ninguna, salvo agilizar devoluciones pendientes de IVA.
La Secretaría de Hacienda o el SAT, que serán las autoridades que litigarán este amparo, pueden impugnar la suspensión me-diante queja ante el Primer Tribunal Colegiado Civil y Administrativo del Noveno Circuito, que tendrá 48 horas para resolver.
También es probable que, al rendir su informe al juzgado, las autoridades enfatizarán que la facultad del CFF es discrecional, pues se menciona que el Ejecutivo “podrá” aplicar este tipo de medidas de apoyo.