Juez deja sin efectos acuerdo que frenó ingreso de energías renovables

Un juez federal dejó sin efectos el acuerdo del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) que frenó el ingreso de nuevas plantas de energías renovables al Sistema Eléctrico Nacional.

CIUDAD DE MÉXICO.- Un juez federal dejó sin efectos el acuerdo del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) que frenó el ingreso de nuevas plantas de energías renovables al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

El juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, concedió a las empresas Desarrollos Eólicos Mexicanos de Oaxaca (Demex) 1 y 2 un amparo contra el acuerdo publicado en abril pasado.

Aunque el amparo fue tramitado por dos empresas, el juez ordenó que los efectos de la protección sean de carácter general, es decir, que no podrá ser aplicado a ninguna de las empresas de energías renovables.

El juzgador argumentó que los consumidores o usuarios finales son los principales afectados por el acuerdo del CENACE, razón por la que no podía limitar los efectos del amparo sólo a dos empresas.

"Se considera que esta sentencia de amparo debe tener efectos generales, con la finalidad de evitar un efecto adverso no solo para las quejosas, sino también para los demás participantes del mercado eléctrico mayorista, evitando que se generen distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector y, principalmente, a los usuarios finales y la población en general", señaló.

"En esos términos, la protección constitucional que se concede es para que se deje insubsistente el Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional... de 29 de abril de 2020".

El fallo puede ser impugnado por el CENACE ante un Tribubal colegiado en la materia, por lo que hasta que la sentencia del juez quede firme en definitiva, el freno al acuerdo del Centro Nacional no tendrá los efectos generales ordenados por el juez.