Hasta mil 700 pesos de multa podría recibir quien obstruya la ciclovía
Personas que transiten, estacionen u obstruyan alguna ciclovía serán sancionadas con multas que pueden llegar a más de 1 mil 700 pesos, informó Alonso Durón Montaño, jefe de Tránsito Municipal de Hermosillo.
HERMOSILLO, SON.- Personas que transiten, estacionen u obstruyan alguna ciclovía serán sancionadas con multas que pueden llegar a más de 1 mil 700 pesos, informó Alonso Durón Montaño, jefe de Tránsito Municipal de Hermosillo.
El comandante indicó que, según lo señalado en el Reglamento de Tránsito Municipal de Hermosillo, los ciclistas tienen derecho a su carril, además de sus propias obligaciones, como todos los conductores, por lo que quienes invadan u obstaculicen ciclovías serán sancionados conforme a la ley.
“Aquí la recomendación y la instrucción es de que todo conductor de vehículo o motocicleta, que no sea un ciclista, debe respetar ese espacio al ciclista y no invadirlo con ningún tipo de objetos, ni vehículos, tienen que estar siempre libres esas rutas”, comentó.
Asimismo, Durón Montaño advirtió que las sanciones van desde las 15 hasta las 20 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), es decir, desde los 1 mil 303 hasta los 1 mil 737 pesos.
De manera que invadir u obstaculizar ciclovías con diferentes objetos, ya sea por parte de vehículos y motocicletas, como por comercios, serán sancionados, por lo que llamó a no invadir carriles ciclistas para evitar accidentes de cualquier tipo.
“Con las ciclovías emergentes se les está dando este carril, estos señalamientos en un futuro se entiende que no serán necesarios, ya cuando la gente se concientice a dar ese espacio al ciclista, respetar sus espacios, sus carriles, el no invadirlos, pues entonces en un futuro tal vez no sea necesario apartar este tipo de carriles”, dijo.
Por otra parte, según el artículo 23 del Reglamento de Tránsito Municipal, el ciclista debe:
I.- Respetar todas las señales de tránsito.
II.- Usar casco protector.
III.- No exceder el número de pasajeros que el diseño de la bicicleta lo permita.
IV.- No sujetarse a vehículos en movimiento.
V.- Para dar vuelta a la izquierda deberá realizarla en la intersección, utilizando los cruces
peatonales.
VI.- Circular por su carril especial (ciclovías) cuando estos estén señalados, o transitar siempre por el carril de la derecha, donde no exista.
VII.- Las bicicletas para transitar en la vía pública deberán contar con faros para circulación nocturna y luces reflectivas.
VIII.- La bicicleta no deberá transportar objetos que dificulten su maniobrabilidad o afecte a terceros.