Falla Juez por el libre tránsito

Han promovido de 350 a 400 amparos desde el 15 de junio.

HERMOSILLO, SON .- El abogado y profesor universitario Jesús Manuel Herrera
dio a conocer a través de su cuenta de Twitter que el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Sonora otorgó suspensión a un ciudadano hermosillenses que se amparó contra el salvoconducto para transitar implementado por el Ayuntamiento de Hermosillo . El abogado presentó una parte del documento legal, el cual establece que ante ello se le permitirá transitar a esta ciudadano por el territorio del municipio de Hermosillo , sin que para ello le sea exigido el trámite y portación del permiso expedido por Transito Municipal .Herrera Ornelas explicó que la semana pasada, a través de su despacho, se envió un formato de amparo para que los ciudadanos pusieran su nombre y domicilio y por medio de su firma electrónica pudieran tramitar el amparo en los servicios en línea del Poder Judicial de la Federación .Comentó que se promovieron de 350 a 400 amparos desde el pasado 15 de junio en contra de la restricción de tránsito a partir de las 18:00 horas y la presentación de un salvoconducto para poder circular por las calles de Hermosillo, el cual va dentro de las nuevas disposiciones que presentó el Municipio para bajar los contagios de Covid-19 .
“Este formato se usó y un actuario del Poder Judicial me mandó la resolución, aunque no tengo la certeza de que sea mi formato porque hubo otra persona que hizo lo mismo, pero independientemente de eso, lo interesante de la resolución es que hicieron un análisis de oficio y eso lo hace una resolución de avanzada, sobre todo en materia de derechos humanos”, externó.
El Tribunal Constitucional del Segundo Distrito , señaló, se abocó a ver si aplicaba o no el artículo 120 fracción quinta de la Ley de Amparo , el cual dice que no puede suspender un acto que tenga relación con medidas para mitigar las epidemias, entonces el Juez deja de aplicarlo porque es más importante el derecho de tránsito estipulado por el artículo 11 constitucional.
“Y es que la Presidenta Municipal sustentó su actuar en un acuerdo general que emitió el Consejo Nacional de Salubridad, pero no es un acto legítimo el solicitar un salvoconducto, entonces podrá haber un acuerdo, pero el Juez dice que sí es inconstitucional, él está velando por los derechos del ciudadano”, explicó.
EXP/LM/EV/JUN/2020