Comité Municipal de Salud aprueba semáforo epidemiológico amarillo para HMO

La alcaldesa Célida López insistió en la necesidad de continuar siendo estrictos en el cumplimiento de los protocolos preventivos ante la apertura de más giros comerciales para evitar escenarios de riesgo de contagios.

HERMOSILLO, SON.- De manera conjunta con el Órgano Intersecretarial de Seguimiento, Evaluación y Supervisión de Medidas de Protección a la Salud y Reactivación Económica del Gobierno del Estado de Sonora, con motivo del cambio a color Amarillo en el semáforo epidemiológico emitido por la Secretaría de Salud del Gobierno Federal para la entidad, el Comité Municipal de Salud encabezado por la alcaldesa Célida López Cárdenas aprobó por unanimidad la apertura y operación de los siguientes comercios dentro de los horarios, aforos y condiciones que a continuación se señalan.

1. Centros Comerciales ubicados en espacios cerrados.- Se les permite su reapertura con un aforo controlado del 50% de su capacidad, en el horario comprendido entre las 7:00 a las 22:00 horas; en aquellos que operen cines y restaurantes, el horario se ampliará hasta las 24:00 horas para estos giros.

2. Cines.- Se les permite su reapertura con un aforo controlado de 35% de su capacidad, en un horario comprendido entre las 10:00 a las 24:00 horas.

3. Boliches.- Se les permite su reapertura con un aforo controlado del 35% de su capacidad, en un horario comprendido entre las 5:00 a las 24:00 horas.

4. Gimnasios.- Se les permite su reapertura con un aforo controlado del 50% de su capacidad, en un horario comprendido entre las 5:00 a las 22:00 horas.

5. Instalaciones Deportivas de Slow Pitch, futbol rápido y otras similares.- Se les permite su reapertura con un aforo controlado del 50% de su capacidad, en un horario comprendido entre las 8:00 a las 22:00 horas.

6. Salones de Eventos.- Se les permite su reapertura con un aforo controlado del 30% de su capacidad a los que se encuentran en espacios cerrados y del 50% a los que se encuentran en espacios abiertos, en un horario comprendido de las 8:00 a las 24:00 horas.

7. Casinos.- Se les permite su reapertura con un aforo controlado del 35% de su capacidad, en un horario comprendido entre las 12:00 a las 24:00 horas.

8. Venta de Bebidas Alcohólicas.- Se extiende el horario de venta en establecimientos comerciales hasta las 22:00 horas.

9. Restaurantes.- Se les permite su operación con un aforo del 80% de su capacidad, en un horario comprendido entre las 6:00 a las 24:00 horas; cumpliendo estrictos protocolos de sanidad y medidas para disminuir riesgos de contagio, como control de accesos (toma de temperatura, tapete sanitizante, etc.), sanitización periódica de instalaciones, dotación constante de gel antibacterias y jabón, uso de cubre bocas o mascarilla de todo el personal y de los clientes al entrar, al trasladarse a su mesa y cuando se trasladen de su mesa o a los sanitarios; medidas en el manejo de platillos, bebidas, loza y cubiertos.

Por lo que respecta a centros nocturnos, bares, cantinas y giros similares, permanecerán cerrados hasta en tanto no se encuentre el semáforo de riesgo epidemiológico en color verde, por considerarse giros de alto riesgo de contagio; asimismo se mantendrán cerrados los centros de videojuegos para niños.

Es importante recalcar que a pesar del aumento del flujo comercial señalado en los puntos que anteceden, sigue siendo estrictamente obligatorio mantener las mediadas de sanidad en las instalaciones comerciales, tales como son el uso de cubre boca, disposición de sanitizante para manos en cualquier presentación, preservar la sana distancia, entre otras, invitando a todas las personas que ingresen a que cumplan con las disposiciones establecidas.

Cabe destacar que las Brigadas de Vida continúan visitando todos los giros comerciales para capacitar y supervisar que los establecimientos cumplan con todos los protocolos sanitarios requeridos por el IMSS para una reapertura sana y responsable de las actividades económicas.

El Comité acordó ser estrictos en la vigilancia de estas medidas preventivas ante Covid-19.

En el caso de Bahía de Kino, se acordó continuar con los filtros preventivos y la apertura limitada de carpas para evitar aglomeraciones de personas en espacios reducidos, esto con el apoyo de Bomberos de Hermosillo, Seguridad Pública, Inspección y Vigilancia y las Brigadas de Vida.

Finalmente, se les comunica a los propietarios y/o representantes legales de todos los establecimientos o giros comerciales, que la violación o incumplimiento a los protocolos y medidas sanitarias, que obligan los lineamientos técnicos específicos que recomiendan los acuerdos Federal y del Estado de fechas 29 de mayo y 10 de junio de 2020, respectivamente, se aplicaran las sanciones administrativas previstas en los artículos 285 y 286, de la Ley de Salud para el Estado de Sonora.

Las presentes medidas entraron en vigor tras su aprobación por el Comité de Salud Municipal, y se ordenó la publicación del presente documento en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora.

Según el acuerdo, continúan vigentes y en operación todas las medidas que no se contrapongan a las aquí establecidas y se derogan todas diversas a las mencionadas en los párrafos que anteceden, esto en lo correspondiente al ámbito municipal.

EXP/RED/EV/AGT/2020