Terrorismo como método
El autor es Jefe de Información de EXPRESO
En México, el terrorismo se ha institucionalizado como un método de los cárteles de la droga y grupos del crimen organizado para controlar territorios, rutas de trasiego y venta de diversos tipos de droga, armas y tráfico de humanos; al mismo tiempo es un método de defensa contra las acciones implementadas por gobiernos de los tres órdenes para disminuir o eliminar su influencia en las zonas donde tienen presencia.
Esta combinación de fenómenos sociales son denominados como ‘narcoterrorismo’, en la que la extrema violencia de ejecuciones de civiles, militares o policías, disolución de cuerpos con ácido, decapitaciones, torturas, utilización de artefactos explosivos, e incluso tomar de rehén a una ciudad entera como sucedió el pasado 17 de octubre en Culiacán, son actos cuya difusión es masificada a través de redes sociales tanto de los propios participantes como de la sociedad, allende del papel informativo de los medios de comunicación tradicionales.
Este método de terror se ha repetido a lo largo y ancho de México, cuya barbarie infunde miedo tanto a los grupos antagónicos como a la sociedad misma que ha sido testigo de atentados con granadas en plena plaza pública de Morelia, Michoacán, la noche del 15 de septiembre de 2008, cuando la ciudadanía disfrutaba de la celebración del Grito de Independencia.
La dinámica se repite con la muerte de 72 migrantes centroamericanos y sudamericanos en San Fernando, Tamaulipas, en el año 2010; el incendio premeditado del Casino Royal en Monterrey en el año 2011, lugar en el que fallecieron 61 personas; la desaparición en Iguala, Guerrero, de 43 normalistas de la Escuela Normal Rural ‘Raúl Isidro Burgos’ en 2014; y en fecha muy reciente la masacre de nueve miembros de la comunidad mormona de La Mora, municipio de Bavispe, Sonora, pertenecientes a las familias LeBarón, Langford y Miller.
El Artículo 139 del Código Penal Federal establece penas de prisión de quince a cuarenta años y cuatrocientos a mil doscientos días multa contra quien realice actos terroristas por la utilización de sustancias o armas tóxicas, químicas, biológicas radioactivas, nucleares, explosivas, o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento.
Además, a quien “intencionalmente realice actos en contra de bienes o servicios, ya sea públicos o privados, o bien, en contra de la integridad física, emocional, o la vida de personas, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad o a un particular, u obligar a éste para que tome una determinación”.
Si bien hay una tipificación a este delito, la incapacidad institucional es latente para hacer cumplir lo establecido en este articulado, ya que el terrorismo como método también tiene la complicidad ya no silenciosa sino visible de la corrupción de algunos ciudadanos y autoridades.
El autor es Jefe de Información de EXPRESO. Correo: roberto.lopez@expreso.mx