Ombudsman
El autor es licenciado en Derecho y presidente de la Barra de Abogados Sonorenses.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (ombudsman), espacio propio de la sociedad civil para enfrentar los abusos del poder
Los comentarios siguientes tienen un sustento de carácter académico, jurídico, no político, porque este último aspecto ha sido ampliamente abordado con motivo de la designación de Rosario Piedra Ibarra, como presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Comenzaré por señalar que el concepto ombudsman es un vocablo sueco, que hoy en día denota una institución jurídica que existe en más de 40 países, aun cuando más de 300 órganos e individuos se aplican a sí mismos esta denominación, ombudsman quiere decir Representante del Pueblo y carece de género, también se usa el concepto ombudsperson, sin embargo es un concepto que se utiliza en nuestro país sin ninguna razón, porque la expresión correcta es ombudsman, el cual es un vocablo internacional con una connotación precisa como la puede ser en materia jurídica el Habeas Corpus.
Entonces, ¿cuál es la naturaleza del ombudsman? ¿Dónde y cómo nace? ¿Con qué propósito nace? ¿Por qué en los últimos decenios es la institución que los países van aceptando y cada día se le estudia y discute más? ¿Cuál es el grado de éxito de esta institución? El ombudsman (Comisión Nacional de Derechos Humanos) es un organismo cuyo titular es un funcionario público de alto nivel, quien actúa con independencia, pero es responsable ante el Poder Legislativo, recibe quejas en contra de autoridades y funcionarios, las investiga y emite recomendaciones, y de manera periódica rinde un informe público (anual) sobre el cumplimiento o no de sus recomendaciones, sin perjuicio de que en situaciones extraordinarias por su naturaleza y relevancia presente un informe especial.
El ombudsman nació en Suecia con la Constitución de 1809, y persiguió establecer un control adicional para el cumplimiento de las leyes, supervisar cómo éstas eran realmente aplicadas por la administración, y crear un nuevo camino ágil y sin formalismos, a través del cual los individuos pudieran quejarse de las arbitrariedades y violaciones cometidas por autoridades y funcionarios. Más de 100 años después de su creación, el ombudsman fue adoptado por primera vez por otros países, como Finlandia en su Constitución de 1919.
Más de tres decenios después, el ejemplo fue seguido por Dinamarca. En 1962 se admitió por Nueva Zelanda, y fue la primera vez que se instituyó en un país fuera de Escandinavia.
Pero a partir de esta fecha es una institución que comienza a ser muy estudiada y discutida en congresos y simposios internacionales y es adoptada, ya sea internacional o localmente por países como Gran Bretaña, Canadá, Francia e Italia.
En el mundo iberoamericano la figura del ombudsman se va abriendo camino: en Portugal en 1975, con el nombre de promotor de la justicia, en España en 1978 con el nombre de Defensor del Pueblo; en Costa Rica en 1982 con la Procuraduría de los Derechos Humanos; en Guatemala en 1985 con el Procurador de los Derechos Humanos; y en México fue en 1992 que se crea la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que si bien es cierto nació como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, después pasó a ser un ente público, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, tal y como sucede en la actualidad.
De lo antes señalado es fácil concluir que en nuestro país surgió dos siglos aproximadamente después la figura del ombudsman, a través de la CNDH, respecto de Suecia en donde tuvo sus orígenes, de ahí que en los países escandinavos la institución del ombudsman cuente con un gran arraigo, con gran peso social que hace imposible prácticamente el incumplimiento de una recomendación.
Inclusive la autoridad o el servidor público que se niegue a aceptar la recomendación emitida, es llevado al Parlamento, con gran posibilidad de que se decrete o solicite la destitución de su cargo, circunstancias que evidentemente generan gran fuerza en el ombudsman o Representante del Pueblo, aunado a que se trata de personalidades altamente distinguidas de gran solvencia moral.
Estos comentarios vienen a colación para destacar el gran contraste del ombudsman escandinavo, con el nacional, mediante la CNDH, lo cual será en la segunda parte de esta colaboración.
Héctor Contreras es licenciado en Derecho y presidente de la Barra de Abogados Sonorenses.