Motivos por los que pueden detener y remitir tu vehículo

El autor fue delegado de la Secretaría de Gobernación.

Parece que no pero es un gran tema.

De acuerdo con la Ley de Tránsito, en su artículo 223 fracción VII, los agentes de Tránsito exclusivamente pueden detener y remitir un vehículo al “corralón” del Departamento de Tránsito en los 72 municipios del Estado de Sonora en los siguientes casos: Conducir en efecto de ebriedad o bajo el efecto de enervantes; no portar placas, que éstas estén alteradas o vencidas; en caso de accidente o en la comisión de un delito; prestar servicios públicos sin concesión; cuando se aprecie en forma ostensible sustancias contaminantes.

Sólo por estas causas pueden detener y remitir tu vehículo al corralón; así que ya saben traigan una tarjeta transcrita de este artículo y muestren al agente de Tránsito cuando los detenga y no se ubiquen en estas causales.

De ser así pueden poner una denuncia en Asuntos Internos de la Policía de tu municipio.

Éstos son los casos de mayor corrupción en las corporaciones municipales y no sólo de ahorita, data de muchos años atrás.

¡Y ojo!

No sólo es por el lado de los agentes de Tránsito, también de muchos ciudadanos quienes son los primeros en ofrecer dinero antes de que les pidan; créanme, la mayoría de los elementos policiales son buenos, pero lamentablemente se notan más los malos.

En el tema de la corrupción aunque duele, todos somos corresponsables.

Es importante establecer que sólo podrán detener tu vehículo si cometes una infracción, causas un daño o un delito, de lo contrario no podrán detener tu automóvil y menos remitirlo al corralón.

Las sanciones dependen de la gravedad que sea en el rango siguiente: Multa, arresto hasta por 36 horas, detención del vehículo; suspensión y cancelación de la licencia , y retención de la tarjeta de circulación.

Por lo anterior, si te marca un alto un policía o detiene tu vehículo sin que hayas cometido una infracción, causado un delito o un daño, tienes derecho a invocar la Ley de tránsito en los artículos antes señalados y puedes interponer una denuncia ante el departamento de Asuntos Internos de la corporación policial del municipio correspondiente.

Como ya lo comentamos con anterioridad, la corrupción no sólo es del agente de seguridad, también lo es del ciudadano que ofrece o acepta a petición o no del elemento de otorgar determinada cantidad de dinero.

Deseo reconocer y felicitar a la alcaldesa de Hermosillo por la decisión de salir y dar la cara ordenando que se iniciara la investigación por la denuncia ciudadana de corrupción de unos agentes municipales.

Gracias por su atención.

El autor fue delegado de la Secretaría de Gobernación, diputado local, Secretario de Seguridad Pública y es titular del despacho www.garciamoralesyasociados.com.mx