Caso sienta precedente: mujer le gana pensión al IMSS

imss penson pierdeHERMOSILLO, SON.- Un caso pequeño considerado por el ámbito jurídico llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aunque grande en beneficios para una mujer que le ganó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) una demanda de amparo al lograr una pensión de viudez.

Además, este caso servirá de referencia en el país para la defensa de derechos de los asegurados y derechohabientes no nada más del IMSS, sino de otras instituciones de seguridad social, destacó el abogado defensor Hernán Arturo Moreno Hoyos Abril.

Explicó que la demandante, una mujer de poco más de 50 años del poblado de Jécori, municipio de Cumpas, contrajo matrimonio con una persona asegurada por el IMSS, pero a las tres semanas su esposo falleció.

Ella solicitó al instituto que se le otorgara su pensión por viudez, misma que le fue negada acorde a la Ley del IMSS vigente, pues condiciona el otorgamiento de la pensión a la vigencia del matrimonio durante un año.

Moreno Hoyos Abril explicó que ante esta situación la demandante lo contrató como abogado y él se abocó a argumentar la defensa apegada a la propia Constitución y los tratados nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.

Explicó que este caso inició con un juicio ante la Junta Especial 23 de la Federal de Conciliación y Arbitraje, cuyo fallo no fue favorable para la demandante.

De ahí, interpusieron un juicio de amparo directo, responsabilidad que atendió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil y del Trabajo, en donde dos magistrados votaron en forma unánime en contra de la afectada, negándole el derecho a obtener la respectiva pensión por viudez.

El abogado especialista en la materia detalló que como medio de defensa interpuso un recurso de revisión, mismo que fue radicado en la segunda sala de la SCJN, a cargo del ministro Eduardo Medina Mora.

Es así como el pasado 2 de agosto el fallo de la segunda sala de la SCJN resolvió en forma favorable para la demandante mediante votación unánime el amparo en revisión número 2396/2017.

Consideraron que efectivamente se estaban violando sus derechos humanos, contrario a los principios pro persona y de seguridad social.

Violatoria de derechos

Explicó que este órgano superior en la sentencia estableció que el contenido de los artículos 154 y 132 de la Ley del Seguro Social vigente, al condicionar otorgamiento de una pensión por viudez a una causa ajena al asegurado, el fallecimiento, es un elemento violatorio de derechos humanos.

El fallo dice que estos artículos de la Ley del IMSS constituyen una gran violación a los artículos 1 y 123 constitucionales, así como el artículo 8 del Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador”.

Obtiene pensión

El abogado dijo que a consecuencia de esta decisión la demandante recibirá la pensión por viudez que le corresponde (retroactiva al último año), así como el derecho a su servicio médico.

Será precedente Moreno Hoyos Abril destacó que esta decisión sienta un importante precedente en la defensa de los asegurados y derechohabientes.

“Ya que por ley, la SCJN únicamente estudia asuntos de relevancia en el orden jurídico nacional, los cuales contengan violaciones a derechos humanos o tratados internacionales de los cuales México forma parte”, expresó el abogado.

EXP/MIM/FRU/SEP/2017