Todo lo que debes saber sobre la declaración anual de impuestos

Abril es el mes de la declaración anual de impuestos para las personas físicas, por lo que este ejercicio fiscal se debe realizar a más tardar el 30 de este mes, pero esto no es obligatorio para todos.

HERMOSILLO, SON.- Abril es el mes de la declaración anual de impuestos para las personas físicas, por lo que este ejercicio fiscal se debe realizar a más tardar el 30 de este mes, pero esto no es obligatorio para todos; aquí te lo explicamos.

En el programa de Expreso 24/7, en entrevista con Marcelo Beyliss, el contador público Enrique Barrera explicó que siempre que se hagan gastos que se quieran facturar se deben pagar con tarjeta o transferencia, pues de hacerlos en efectivo no servirán.

"Nunca debemos pagar en efectivo porque limita que podamos llevar a cabo las deducciones. Los pagos en efectivos no los está permitiendo la autoridad", añadió.

¿Quiénes están obligados a presentar declaración anual?

  • Quienes tienen ingresos por servicios profesionales (honorarios)
  • Quienes tienen actividades empresariales dentro del Régimen General
  • Quienes tienen ingresos por plataformas tecnológicas
  • Quienes tiene ingresos por arrendamiento de bienes comerciales o inmuebles habitacionales
  • Quienes tienen ingresos por intereses (arriba de 20 mil pesos al año)
  • Quienes tienen ingresos por dividendos
  • Quienes tienen ingresos por enajenación de bienes
  • Quienes tienen ingresos por adquisición de bienes
  • Quienes tienen ingresos por sueldos y salarios cuyos ingresos rebasaron los 400 mil pesos en el año
  • Quienes no terminaron con el mismo patrón al 31 de diciembre de 2021
  • Quienes tienen ingresos de 2 o más patrones
  • Quienes trabajan para el IMSS, Isssteson o Issste

"Aquellos que tienen ingresos por sueldos y salarios y que pudieron no haber rebasado los 400 mil pesos tienen el derecho de presentar declaración anual porque tuvieron alguna deducción personal que les genera un saldo a favor del ISR que el patrón le retuvo", explicó.

¿Cuáles son las deducciones personales?

  • Intereses pagados por los créditos hipotecarios
  • Honorarios médicos
  • Honorarios dentales
  • Honorarios por servicio de psicología
  • Honorarios por servicio de nutrición
  • Colegiaturas
  • Gastos funerarios
  • Aportaciones complementarias de retiro
  • Gastos médicos mayores
  • Seguros de ahorro y vida
  • Intereses del pago de la hipoteca

"Si tienes actividad por honorarios o arrendamiento ahí sí puedes deducir la gasolina, pero si tienes únicamente ingresos por salario no puedes", agregó.

¿Qué necesito para realizar la declaración?

  • RFC
  • Contraseña del SAT o firma electrónica (e.firma)
  • Clabe Interbancaria

Sanción por no hacer la declaración

El contador Barrera compartió que por no presentar la declaración anual de impuestos puedes ser acreedor de una multa de entre mil 400 hasta 34 mil 730 pesos.