El SAT llamará a multinacionales para aclarar discrepancias

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las tasas de efectivas a pagar del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para grandes empresas y corporativos de 40 actividades económicas de cinco sectores.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las tasas de efectivas a pagar del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para grandes empresas y corporativos de 40 actividades económicas de cinco sectores.

Lo anterior, con el fin de que vayan midiendo sus riesgos y, en su caso, corregir su situación porque de lo contrario los convocará a una entrevista para aclarar alguna discrepancia que haya detectado.

Los grandes contribuyentes con actividades de minería, de la industria manufacturera, comercio al por mayor y menor, servicios financieros y de seguros, automotriz y farmacéutica, tendrán que consultar la tasa efectiva del ISR publicada por el SAT para los ejercicios fiscales de 2016, 2017, 2018 y 2019.

Si no coincide con lo que se reportó en la declaración anual, tendrán que presentar una complementaria correspondiente para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Una revisión profunda, es cuando el fisco cita al contribuyente ya sea en sus oficinas o de manera virtual, para una entrevista en la cual se le pide que aclare dudas sobre los ingresos obtenidos, gastos y deducciones que presentó en su declaración anual.

Durante la reunión el SAT le presenta al contribuyente los movimientos fiscales que tuvo durante cierto ejercicio, y lo que debe pagar de impuestos, según las cuentas del fisco.

Recordó que la publicación de las tasas efectivas, forman parte de la reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) en su artículo 33, primer párrafo, fracción I, inciso que se publicó el pasado ocho de diciembre del 2020 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en la cual se establece que para el mejor cumplimiento de sus facultades, dará a conocer en forma periódica y en general para los contribuyentes de la Ley del ISR, parámetros de referencia con respecto a la utilidad, conceptos deducibles o tasas efectivas de impuesto que presentan.

De ahí exhortó a los grandes contribuyentes a consultar la tasa efectiva de impuesto correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y compararla con su propia tasa efectiva de impuesto respecto de cada ejercicio fiscal para medir sus riesgos impositivos y minimizar la posibilidad de que sean citados para corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

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