Admiten a trámite demanda de amparo promovido por Duarte, puede ser detenido

duarte javier juezCIUDAD DE MÉXICO.- El juez sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal, Juan Mateo Brieba de Castro, admitió a trámite la demanda de amparo 1031/2016, promovida por el gobernador con licencia de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, informó el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

En un comunicado, la instancia judicial aclaró que, a pesar de que el trámite de amparo fue admitido, “la orden privativa de la libertad que se reclama puede ser ejecutada”. Es decir, de ser localizado, Duarte de Ochoa sí puede ser detenido.

En su demanda, el gobernador sostiene que la orden de aprehensión que pesa en su contra (no especificó por cuáles supuestos delitos) no puede ejecutarse, porque es gobernador de un estado y por lo tanto cuenta con fuero constitucional.

Sostuvo que a pesar de haber gozado de una licencia para separarse temporalmente del cargo, presentó al Congreso de Veracruz un escrito de cancelación de la misma y por lo tanto, “goza de inmunidad hasta que la declaración de procedencia prevista en el artículo 111 de la Constitución sea agotada”.

El propio juez, con sede en la Ciudad de México, consideró que en relación al fuero, el artículo 111 constitucional, invocado por Duarte en su demanda de amparo, debe interpretarse armónicamente con los artículos 1, 19 y 20 de la Constitución y 1, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

De manera que el fuero no se constituya “materialmente en una amnistía”, pues “las víctimas no pueden atacar eficazmente la omisión a que se resuelva el procedimiento de declaración de procedencia”.

De cualquier forma, eso “no impide que se cumplan los fines del Estado, por lo que la orden privativa de la libertad que se reclama puede ser ejecutada”, finalizó el impartidor de justicia.

 

Su mandato concluye el 30 de noviembre
Cabe señalar que el mandato para el que fue electo Javier Duarte de Ochoa al frente del gobierno del estado de Veracruz, concluye el próximo 30 de noviembre.

De acuerdo con la Ley de Amparo, se considera esta garantía solo en tres supuestos: que los delitos en los que se encuentre involucrado el presunto responsable sean considerados como no graves; que el demandante de amparo se ponga a disposición del impartidor de justicia, las veces que sea requerido; y exhibir la garantía impuesta por el juzgador.

En el caso concreto de Duarte de Ochoa, es acusado de delitos graves como lavado de dinero y delincuencia organizada.

NTX/JCV/EVG

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