Reducen plazo de resolución para ayuda para gastos de funeral

Las personas beneficiarias por gastos funerarios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), podrán acceder a la opción de depósito en cuenta bancaria.

CIUDAD DE MÉXICO.– Las personas beneficiarias por gastos funerarios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), podrán acceder a la opción de depósito en cuenta bancaria esto con el objetivo de brindar mayores facilidades familiares de los derechohabientes fallecidos.

Con ello evitan acudir en un par de ocasiones a la Unidad de Medicina Familiar a realizar el trámite y se reduce prácticamente a la mitad el tiempo para la entrega, al pasar de 12 a siete días hábiles en promedio, informó el titular de la División de Subsidios y Ayudas en la Coordinación de Prestaciones Económicas, Javier Morales Porchini.

Esta prestación se otorga a un familiar o beneficiario derivado del fallecimiento de un trabajador asegurado o pensionado del IMSS, quien recibe un apoyo económico para los gastos que se derivan de esta situación. La vigencia para obtener la ayuda es durante todo un año a partir del deceso.

El monto de la prestación es el equivalente a dos meses de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que a valor actual significa la entrega de cinco mil 137 pesos.

La única condición para otorgar la Ayuda de Gastos de Funeral, es que el asegurado y pensionado se encuentren vigentes al momento del fallecimiento.

El trámite para solicitar la ayuda puede realizarse en cualquier Unidad de Medicina Familiar (UMF), sin importar que sea su clínica de adscripción, y en el caso de los trabajadores que están en las delegaciones Ciudad de México Norte y Sur, así como Estado de México Oriente, se puede hacer también en subdelegación.

La entrega del apoyo puede ser a través de la nueva modalidad de depósito en una cuenta bancaria, presentando un comprobante bancario con número de cuenta CLABE no mayor a tres meses.

De no optar por la modalidad de acreditamiento, el solicitante debe acudir en dos ocasiones a la ventanilla de Control de Prestaciones Económicas de la UMF, la primera para entregar la documentación y la segunda para recoger la resolución o volante que le permita cobrar la prestación.

El único documento que debe entregar el interesado es copia de una identificación oficial con fotografía y firma; en el caso del asegurado o pensionado fallecido: documento que contenga su Número de Seguridad Social, copia certificada del acta de defunción, factura de algún gasto asociado al funeral o servicios velatorios, CURP, aviso de atención médica inicial y calificación de probable riesgo de trabajo ST-7 (sólo en caso de defunción por riesgos de trabajo).