Probable homicidio culposo en socavón

Socavon

HERMOSILLO, SON.- La autoridad competente deberá establecer si hubo homicidio culposo y omisiones por no haber señalizado correctamente y reparado el socavón de la colonia Sonacer donde la semana pasada cayó Julio Manuel y cuyo cuerpo fue recuperado la madrugada del día 22 de octubre, aseveró Andrés Montoya García, abogado especialista en juicios orales y temas de seguridad, en entrevista con Niria Andrade, titular del noticiero EXPRESO 24/7.

“Vamos a hablar hipotéticamente, o le dio un ataque al corazón y cayó al socavón o algo le sucedió previo, pierde la vida y cayó al socavón. Es el primer punto, ubicar causa de la muerte; o cayó al hoyo, se golpeó la cabeza y se asfixió adentro o cayó al hoyo, se golpea la cabeza, se desnuca y muere”, comentó.

Es importante establecer la causal de la muerte porque si la causa generadora de la privación de la vida es el socavón en sí, ahí habría un delito que es homicidio culposo, sentenció Montoya García, toda vez que derivaría de una omisión por no haber tapado el socavón y ser omisos en señalar la existencia del mismo.

“Entonces tenemos dos delitos, el de homicidio en caso de que haya sido la causa directa de muerte, y el de incumplimiento de un deber legal por no haber hecho lo que se tenía que hacer. Muchas personas cuando toman un cargo en el servicio público ven o sienten que es un privilegio, pero es un privilegio para servir porque tienen una serie de responsabilidades”, indicó.

Consideró que al ser un socavón corresponde a Agua de Hermosillo su reparación, de tal manera que la investigación debe centrarse en quién es el responsable del área donde se reportó y si pasó el comunicado a la parte correspondiente, además debe analizarse si hay quién dé seguimiento a los comunicados de esos reportes.

Respecto a una investigación, la alcaldesa de Hermosillo, Célida López Cárdenas, declaró:

“Estamos conscientes de la responsabilidad que tenemos y por eso he girado instrucciones para que se inicie la investigación y poder determinar dónde están las omisiones, quiénes son los responsables directos de esta negligencia y poder actuar en consecuencia”.

EXP/RL/EV/OCT/2019