Constitución de una sociedad civil y sus beneficios

La autora es Maestra en Derecho Internacional Privado por la Universidad de Sonora

En la colaboración pasada mencionamos algunas formas de asociación para emprender un negocio, ampliando un poco más en el tema, hoy trataremos de explicar qué es un contrato de

sociedad civil y sus beneficios.

Este tipo de contrato regulado por el Código Civil Sonorense, es empleado cuando dos o más personas deciden asociarse para obtener un beneficio económico, no de lucro como lo son las sociedades mercantiles, aportando bienes o industria; normalmente el modelo de sociedad civil es adoptado por profesionistas independientes que desean conjuntar sus habilidades, conocimientos y su capital económico, para ser más fuertes y llegar más rápido a sus metas económicas, por ejemplo tenemos médicos, abogados, contadores por mencionar algunos, que constituyen este tipo de sociedad civil para prestar al público en general, sus servicios profesionales.

Las ventajas de adoptar este modelo de asociación es que se trata de un contrato relativamente sencillo, no es necesario que se haga en escritura pública ante notario, a menos que se aporte un

bien inmueble, pero para darle certeza jurídica al acto si aconsejo que se formalice ante notario público; tampoco es necesario que se establezca un capital social inicial mínimo.

En este contrato se detalla el objeto social, es decir, qué actividades van a realizar en el negocio; también se define cuál será la aportación de cada socio, si su aportación es en dinero, si es

en bienes muebles o inmuebles estaremos hablando de socio capitalista, pero si su aportación es en trabajo personal será un socio profesional. Además, debe definirse el ingreso de nuevos socios, la salida de los socios, la participación de los socios en las ganancias y pérdidas, la forma de administración y representación, las causas de disolución y liquidación de la sociedad.

Este contrato de sociedad civil se inscribe en el Registro Público de la Propiedad del lugar en donde tendrá su principal asiento de negocios, para que surta efectos contra terceros y debe inscribirse  en el Servicio de Administración Tributaria para obtener su cédula de identificación fiscal y Registro Federal de Contribuyentes, de tal forma que será la sociedad civil la que emita los CDFI por la prestación de los servicios, tributando en el impuesto de sociedades, llevando una contabilidad, presentando y llevando sus libros y cuentas anuales, presentando declaraciones provisionales cada mes y la declaración anual.

El estar asociados formalmente, les permite dar una mayor confianza a sus clientes y prospectos, les facilita el incremento de su cartera de clientes, se reduce la carga administrativa del negocio, se puede acceder a créditos por mayor cuantía que si se gestionaran en forma individual, así como obtener seguros colectivos para sus gastos médicos, para sus automóviles y otros, que por ser colectivos o grupales son más accesibles para todos los socios; además, los ingresos de la sociedad civil se acumulan hasta que efectivamente sean cobrados y la sociedad puede otorgarles anticipos de rendimientos a sus socios, disminuyendo la utilidad total.

En suma, pueden tener mayores beneficios fiscales apegados a la Ley, pero para saber exactamente qué beneficios fiscales pueden tener como asociados de una sociedad civil, deben consultarlo con su especialista fiscal, para que les oriente y asesore adecuadamente.

Todo emprendedor y todo empresario debe tener en su equipo a un especialista fiscal, a un abogado y desde luego, a un notario público para que entre todos, diseñen y tracen el camino que debe seguir el negocio para llegar al éxito.

La autora es Maestra en Derecho Internacional Privado por la Universidad de Sonora,

Titular de la Notaría Pública número 106 en Hermosillo, Sonora,

notaria106.sonora@gmail.com