Compré una propiedad, me entregaron las escrituras y me dieron un poder

La autora es Maestra en Derecho Internacional Privado por la Universidad de Sonora

En nuestra experiencia profesional, hemos visto que en algunas ocasiones las personas compraron una propiedad, tienen las escrituras del anterior propietario y un poder que les otorgó

el anterior dueño, creyendo que tienen garantizada la propiedad sobre el inmueble, pero les decimos: “Tener un poder otorgado por el anterior propietario no le hace a usted dueño de su propiedad”, y la persona nos ve con cara de extrañeza.

Entonces le explicamos el porqué de la situación: un poder es un documento que tiene una vigencia, que sirve únicamente mientras viva la persona que lo otorgó, además de que es probable que la persona que lo otorgó, pueda revocarlo y entonces no podría utilizarlo.

Se entiende que el comprador en su momento no pueda tener el dinero para formalizar la compraventa en escritura pública y que por esa razón el vendedor haya optado por hacerlo con la entrega de un poder, pero hacerlo así, tiene sus riesgos.

Cuando una persona compra una propiedad, el documento idóneo que le da la seguridad jurídica de que es el propietario es la compraventa otorgada en escritura pública, ningún otro documento le da esa garantía  para disponer libremente del inmueble, ya sea rentarlo, donarlo, prestarlo, venderlo o modificarlo; comprar una propiedad de un bien inmueble no es igual a comprar un automóvil o un vehículo, donde únicamente se hace la entrega del vehículo, se entrega y se endosa la factura cuando la vendedora es persona física o se emite una factura cuando la vendedora

es persona moral.

El hecho de  que algunas personas no lleven a cabo la formalización de una compraventa como es debido ante notario público, les puede traer una serie de problemas, como por ejemplo que el vendedor haya muerto y sin dejar testamento o alguna disposición testamentaria, entonces ¿quién de los herederos va a reconocer la venta que en vida llevó a cabo la persona finada?, así se va complicando la situación por dejarlo para hacerlo después, porque formalizarlo les parecía que era muy caro, cuando la realidad es que obtener la seguridad jurídica de un patrimonio no es una cifra inalcanzable o exorbitante.

Otro  ejemplo es que al permanecer la propiedad a nombre del anterior dueño, ésta pueda ser embargada, es decir, ser objeto de algún litigio y esto representa otra complicación más, todas

estas problemáticas que desde luego tienen que resolverse de manera judicial, a la larga resultan costosas y generan mucho estrés y cansancio para la parte compradora que no formalizó en su oportunidad dicha compraventa.

Es recomendable hacer a un lado la desidia y darse un espacio para consultar a un notario o notaria de su confianza, lleven la documentación, explíquenle los pormenores del asunto y vean la manera de ir tomando acciones para asegurar su propiedad. Son tiempos difíciles para todos, pero no debemos hacerlos aún más complicados, sobre todo con asuntos legales que si no están en orden, nos merman en nuestra salud física y mental.

La autora es Maestra en Derecho Internacional Privado por la Universidad de Sonora, Titular de la Notaría Pública número 106 en Hermosillo, Sonora y Primera Vicepresidenta del Consejo de la Asociación Mexicana de Mujeres Empresarias Amexme, Capítulo Hermosillo, A. C.

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