Sociedades, no son empresas en papel

La autora es Maestra en Derecho Internacional Privado por la Universidad de Sonora, Titular de la Notaría Pública número 106 en Hermosillo, Sonora y Primer Vicepresidente de Consejo de Asociación Mexicana de Mujeres Empresarias AMEXME, Capítulo Hermosillo, A. C.

¿Eres de las personas que ha decidido iniciar su empresa con el pie derecho formalizando legalmente su sociedad? Entonces tienes que tomar en cuenta los siguientes puntos:

Debes conocer qué tipo de sociedad vas a realizar, existen diferentes clases y modalidades, hay una sociedad civil y varios de tipos de sociedades mercantiles. Es importante que definas con tus socios o accionistas, qué clase de actividades o giros van a emprender, dependiendo de lo que van a desarrollar, el notario o notaria que decidan consultar, les aconsejará cuál es la más conveniente para ustedes.

Recuerda que lo que funciona para otros, no necesariamente funciona para ti, así que no te quedes con dudas, pregunta al notario todos los pros y contras.

Ya que tienen decidido qué tipo de sociedad van a formalizar, un aspecto muy importante es establecer claramente qué tipo de obligaciones tendrá cada uno los socios. Cuando se inicia los socios tienen la expectativa de que todos trabajarán a la par para desarrollar el negocio, pero siendo realistas no siempre resulta ser así, por lo que habrá que definir también quién se involucrará en la administración operativa de la empresa o si deciden contratar a un tercero que maneje la administración y solo le pedirán cuentas de su actuación.

Si optaron por constituir una sociedad mercantil, también deben elegir cuál será la modalidad que adopten, si será de capital variable o limitada. Esto obedece a que todas las empresas se constituyen con un capital social mínimo fijo que representa la cantidad mínima con la que los socios responderán frente a obligaciones de terceros, siendo representada por acciones, cuando se adopta la modalidad de capital variable, entonces los terceros sabemos que se trata de una empresa cuyo capital social puede ser aumentado o reducido, claro bajo ciertos mecanismos y un proceso que también se formaliza ante notario público. Una sociedad limitada significa que su capital social está constituido por partes sociales (no por acciones) y significa que cada socio únicamente

se obliga frente a terceros, con lo que aportó en la sociedad y esta parte social representa la porción de su propiedad en la empresa, con lo que responderá por el cumplimiento de las obligaciones sociales.

Este punto les debe de quedar muy claro a todos los socios, para que comprendan en qué forma van a responder por el cumplimiento de todas las obligaciones que contrajere la empresa.

Otro aspecto no menos importante, es que definan cómo será la entrada o salida de socios, porque no es lo mismo cuando es una empresa constituida por acciones, que cuando se trata de una sociedad constituida por partes sociales. En el primer caso lo importante es el capital económico que se aporta, por lo que las empresas tienen un mecanismo más flexible para el ingreso o separación de accionistas y en el segundo caso, las empresas importa mucho la calidad de la persona, tienen un proceso más rígido para la entrada y salida de socios, ya que todos deben estar de

acuerdo con qué persona entra o sale de la sociedad.

Finalmente todos los socios deben saber que al firmar ante notario la constitución de una empresa, están obligándose entre ellos y con los terceros con los que la sociedad contrate, debiendo asumir esa responsabilidad, no están “prestando” su nombre ni están “ayudando” a otras personas, no son “empresas en papel”, son contratos que producen consecuencias jurídicas para todos los firmantes, por lo que deben de estar al pendiente de todo lo que la empresa va realizando, para que luego no digan que fueron sorprendidos.

Busca la asesoría y el apoyo legal de tu notario o notaria de confianza y construye una empresa fuerte y sólida desde el principio.

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