¿Qué es una certificación de firma ante notario público?

La autora es Maestra en Derecho Internacional Privado por la Universidad de Sonora, Titular de la Notaría Pública número 106 en Hermosillo, Sonora y Primera Vicepresidenta del Consejo de la Asociación Mexicana de Mujeres Empresarias Amexme, Capítulo Hermosillo, A. C.

¿En cuantas ocasiones no hemos conocido casos donde las personas han realizado algún tipo de trato o contrato en forma verbal, porque había confianza entre ellas, porque eran familiares o porque eran conocidas de muchos años? También conocemos la famosa frase que dice: “Las palabras se las lleva el viento”, que se aplica cuando no se plasma nada en un texto, por lo que resulta fácil para las partes que hicieron el acuerdo, desconocer el mismo e incumplir lo convenido.

Para evitar este tipo de penosas e incómodas situaciones donde se desconocen los acuerdos verbales, se sugiere por las partes poner por escrito los términos y formas como van a obligarse y luego alguna de las partes o ambas sugieren que sea “notariado”, pero ¿a qué se refiere con qué sea notariado?

Una de las principales funciones que realiza un notario público es autenticar y dar certeza jurídica sobre actos y hechos pasados ante su fe; por ejemplo, cuando las personas le llevan un contrato privado para firmarlo ante él, el notario leerá el documento para revisar que no se trate de un contrato que tenga que celebrarse en escritura pública y entonces sí, preguntará a las partes si comprenden el alcance legal del documento que firmarán.

En ocasiones las personas pueden tener dudas acerca de un término legal y el notario aclarará esas dudas; también pedirá a las partes firmantes la identificación oficial vigente con fotografía, a

fin de identificar a las personas y si una de ellas comparece como representante legal de otra persona, pedirá el poder respectivo revisando que la apoderada cuente con facultades suficientes para celebrar el contrato respectivo.

De tal forma que cumplidos estos requisitos, las partes firmarán ante el notario, y éste redactará una certificación donde asentará que se cumplieron las formalidades legales e indicará la ciudad y fecha en que se firma, y dando fe, estampará su firma y pondrá su sello notarial, convirtiendo a ese documento en un documento público.

¿Pero qué significa certificar?, significa dar por cierto algo en acto público, ya que el notario, al momento de autenticar el documento, está realizando un juicio de valor, propio de su función que

es dar fe por la delegación de la fe pública que le deriva el Estado a través de la patente, otorgándole legitimidad al documento, constituyendo la prueba de que efectivamente se llevó a cabo el

contrato, que las partes lo firmaron y estuvieron de acuerdo con su contenido, que comprendieron el alcance legal y esto le concede una gran fuerza probatoria al documento, ya que en caso de incumplimiento por una de las partes y de promoverse un juicio, ninguna de las firmantes podrá negar ante el juez la validez del contrato ni podrá argumentar que no es su firma o que no sabía qué fue lo que firmaba.

Además, es importante destacar que esta autenticación y certificación trasciende en el tiempo, es decir, si una de las partes firmantes o todas fallecen, el documento, al estar “notariado”, sigue teniendo vigencia y valor probatorio pleno, de tal suerte que tratar de reducir la participación del notario a “estampar una simple firma y colocar un sello”, es ignorar una de las principales funciones notariales y desconocer la enorme responsabilidad que tiene un notario, cada vez que estampa su firma y su sello en un documento.

Ningún contrato es “un simple papelito”, es un acuerdo de voluntades que origina derechos y obligaciones para las partes que lo realizan, tiene consecuencias jurídicas y esto es de enorme valor

para las personas. La intervención del notario con su certificación le da valor y certidumbre al acuerdo celebrado, haciéndolo indubitable, en esto radica su importancia.