Caso Poblete Vilches en tiempos del Covid-19

La autora es especialista en Derechos Humanos, Democracia, Niñez y Política Pública.

(SEGUNDA DE 2 PARTES)

El hecho de que en el caso del chileno Vinicio Antonio Poblete Vilches, abordado en la pasada columna, se haya negado un ventilador a una persona adulta mayor, es apenas uno de los detalles de una historia de violaciones a sus derechos, que en estos tiempos del Covid-19, llama especialmente la atención y cobra relevancia, ya que en México se ha socializado la llamada “Guía Bioética para la Asignación de Recursos de Medicina Crítica”, donde se prioriza la vida de las personas más jóvenes por encima de las de mayor edad, en dado caso que los hospitales se saturen a causa de pacientes contagiados de Covid-19 y no se cuente con equipo suficiente para atenderlos a todos.

En un escenario como el descrito y al que quizás pudiéramos llegar pronto, la Guía estipula el tener que elegir a qué paciente prestarle un ventilador, por ejemplo.

Y el haber vivido más años es una característica desfavorable para poder ser elegido de acuerdo con la Guía Bioética.

Por eso debemos recordar que las personas adultas mayores, son un grupo en situación de mayor vulnerabilidad en nuestro país, pero de igual forma, cuentan con legislación que las protege, como lo es la Ley de los Derechos de las Personas Mayores, donde se establece su acceso preferente a los servicios médicos.

Igualmente es preciso mencionar que desde el día 15 de junio de 2015, la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, OEA, publicó la “Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”, instrumento internacional que ofrece mayor protección a las personas adultas mayores, quienes, según la Cepal, en el año 2040, serán más en América Latina y el Caribe, incluso, que el grupo poblacional de niñas y niños; aunque, por parte del Estado mexicano, aún no se ha concretado el proceso de firma y ratificación.

Empero, el no haber firmado y ratificado dicha Convención, no excluye a México de sus obligaciones respecto los derechos humanos de las personas mayores.

La importancia de sumarse a dicha Convención implica principalmente mayor protección para las personas adultas mayores y es eso precisamente lo conveniente.

Por otro lado, y volviendo al caso de Chile, la sentencia Poblete Vilches es un recordatorio reciente y muy claro de lo que no debe suceder en Chile, México o cualquier otro país de la región y el mundo, en torno al derecho a la salud de las personas adultas mayores.

Si bien los escenarios pueden ser adversos y los recursos escasos, en ningún momento, e incluyo esta pandemia del Covid-19, deben violarse los derechos de las personas, especialmente de aquéllas que se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad.

Es tarea del Estado mexicano buscar todas las posibilidades y utilizar el máximo sus recursos para que las personas tengan acceso a lo necesario para salvar su vida.

Es preciso que busquemos siempre cómo dar pasos hacia adelante en torno a nuestros derechos, y que, al superar esta crisis sanitaria, podamos contar una historia donde este país haya buscado de forma exhaustiva e histórica, proteger a toda costa la vida de todas y todos sus habitantes, de acuerdo con el principio de igualdad entre todos los seres humanos.

La autora es especialista en Derechos Humanos, Democracia, Niñez y Política Pública.

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