Qué es y cómo solicitar la ayuda de gastos de matrimonio al IMSS

El que escribe esta columna tiene 23 años de experiencia en el tema de seguridad social, incluyendo las pensiones.

Es muy importante conocer nuestros derechos y también nuestras obligaciones, en lo que respecta a prestaciones que tenemos como son, ayuda para gastos de matrimonio lo que comúnmente llamamos la dote matrimonial.

AYUDA PARA GASTOS DE MATRIMONIO

Primero diremos que es un apoyo económico que el Seguro Social nos da cuando contraemos matrimonio por lo civil y son 30 días de salario mínimo que rija en el Distrito Federal (así dice la Ley) y también cubrirá los siguientes puntos:

I.- Que tenga acreditado un mínimo de 150 semanas de cotización en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, en la fecha de celebración del matrimonio.

II.- Que cualquiera de los cónyuges no haya sido registrado con anterioridad en el Instituto con esa calidad. Este derecho se ejercerá por una sola vez y el asegurado no tendrá derecho por posteriores matrimonios.

Artículo 165.  El asegurado tiene derecho a retirar, como ayuda para gastos de matrimonio, una cantidad equivalente a 30 días de salario mínimo general que rija en el Distrito Federal, proveniente de la cuota social que aporte el Estado.

Artículo 166. El asegurado que deje de pertenecer al régimen obligatorio conservará sus derechos a la ayuda para gastos de matrimonio, si lo contrae dentro de 90 días hábiles contados a partir de la fecha de su baja. El asegurado que suministre datos falsos en relación a su estado civil pierde todo derecho a la ayuda para gastos de matrimonio.

TRANSITORIO

SEXTO.- A todos los trabajadores que hubieren recibido la ayuda para gastos de matrimonio prevista en el artículo 165 de la Ley del Seguro Social desde la entrada en vigor de dicha Ley, les deberán ser reintegradas las semanas de cotización que por ese concepto les hubieran sido disminuidas.

Este punto es muy importante de la ayuda para gastos de matrimonio, no se deben descontar semanas de sus cotizaciones. Todos los trámites los haces en el IMSS, y con la resolución que te den, deberás presentarte en la Afore que administra tu cuenta individual y solicitar la cantidad correspondiente a los 30 días que te corresponden.

La Afore te entregará la cantidad que te corresponde en un máximo de cinco días hábiles vía cheque o depósito. Y por último, diremos que la ayuda para gastos de matrimonio de 1997 a 2016, era con salarios mínimos y de 2017 a la fecha de matrimonio es con UMA’s (Unidades de Medida Actualización), que es con lo que te calculan tu pensión.

El que escribe esta columna tiene 23 años de experiencia en el tema de seguridad social, incluyendo las pensiones.

eduardo.lopez.gnp@gmail.com