Padres de menores con cáncer tienen derecho a licencia con goce de sueldo

El autor es abogado, titular del despacho www.garciamoralesyasociados.com

Imaginen la gran importancia que tiene esta reforma a la Ley Federal del Trabajo, la cual fue publicada el 4 de junio de 2019 en el Diario Oficial de la Federación para el otorgamiento de licencias laborales a padres y madres con hijos diagnosticados con cáncer.

¿Se imaginan el gran dolor de tener un niño o niña con cáncer que requiere atención de tiempo completo?

Esto ha propiciado que en muchos casos, los padres o madres pierdan su trabajo por estos motivos.

Esta situación se convierte en un drama familiar, pensemos en el dolor de tener un niño con cáncer y la gran preocupación de haber perdido su trabajo.

A la fecha, aproximadamente 7 mil trabajadores con hijos con cáncer podrían hacer valer esta licencia, de los cuales sólo arriba de 700 han hecho uso de ellas.

He aquí la importancia de que los padres o madres que tienen hijos con este padecimiento conozcan las prerrogativas que la ley les otorga. Incluso en la Ley del Seguro Social, en su artículo 140 Bis, ya se adicionó para establecer esta prerrogativa de los padres y madres con hijos con cáncer; se encuentran en estas hipótesis a todos los menores de 16 años y que tengan diagnóstico de cualquier tipo de cáncer, lo que ubica este supuesto “... los padres tendrán derecho al otorgamiento de un subsidio equivalente al 60% de su sueldo cuando cuenten con al menos 30 semanas cotizadas previas a la fecha del diagnóstico, o bien, 52 semanas cotizadas ininterrumpidas dentro de los 12 meses previos al inicio de la licencia”.

¿En qué hipótesis se pueden otorgar las licencias?

Son de 1 a 28 días en un tratamiento en un período de 3 años pudiendo acumular 364 días hábiles de licencia con goce de sueldo, los cuales no necesariamente tienen que ser continuos.

¿En cuáles hipótesis se pueden otorgar las licencias a las que hacemos referencia?

En periodos críticos diagnosticados por un médico, de hospitalización por tratamiento, o bien, en tratamientos de alivio del dolor o paliativos.

Creo que es una gran reforma, sin duda de gran alivio para los trabajadores con hijos menores de 16 años con diagnóstico de cáncer.

Es una reforma que se dio a la Ley Federal del Trabajo, a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y también al Instituto de Seguridad y Servicio Social de los Trabajadores (Issste) del Gobierno federal.

Por ello la importancia -aunque sabemos de la situación financiera del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Sonora (Isssteson)-, que en la Ley del Isssteson se adicionara para efectos de homologar las prerrogativas que se obtienen a nivel federal, a nivel de los trabajadores en general, a los servidores públicos derechohabientes del Isssteson.

Gracias por su atención.

El autor es abogado, titular del despacho www.garciamoralesyasociados.com

Fue Oficial Mayor del Congreso del Estado, Diputado Local, Delegado de Gobernación y Secretario de Seguridad Pública.