No hay otra opción: ‘Quédate en Casa’
Sonora intensifica medidas para obligar a personas a permanecer en sus viviendas del 13 al 30 de abril.
HERMOSILLO, SON.- A partir del lunes 13 y hasta el próximo 30 de abril se implementará en todo el estado el programa “Quédate En Casa Obligatorio, Fase 2”, con el objetivo de reducir en 85% la presencia de personas movilizándose en calles y espacios públicos y mitigar así la propagación masiva del Covid-19.
El acuerdo fue tomado ayer viernes de manera conjunta entre el Consejo Estatal de Salud, las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina y los alcaldes de 12 municipios que concentran el 90% de la población sonorense.
Estas nuevas disposiciones establecen únicamente 6 causas justificadas para salir del resguardo domiciliario y circular en vía pública, durante lo que se considera fase crítica de esta pandemia.
Las corporaciones policiacas municipales y Estatal de Seguridad Pública, con el apoyo de las fuerzas armadas, tendrán la facultad para vigilar que las personas salgan a la calle sólo para realizar actividades esenciales.
Habrá sanciones
A fin de garantizar que las personas únicamente salgan de casa durante esta contingencia por motivo de estas actividades esenciales, se acordó también sancionar la utilización de vehículos particulares cuando vayan más de una persona a bordo y en movilidad peatonal, no se permitirá desplazarse en grupos.
Con el establecimiento de estas medidas de alcance estatal, se faculta a las corporaciones municipales y estatales a aplicar sanciones administrativas en caso de desacato injustificado al resguardo domiciliario, de acuerdo con sus atribuciones establecidas en los Bandos de Policía y Gobierno de cada ayuntamiento.
De acuerdo con este decreto, las sanciones podrán ser apercibimiento, multa, arresto, hasta el uso de la fuerza pública para el traslado de personas a su casa, incluso la puesta a disposición del ministerio público a personas que hayan sido diagnosticadas con Covid-19 y sean sorprendidas sin respetar la cuarentena, resguardo domiciliario o aislamiento obligatorio que haya sido ordenado por las instancias médicas.
EXP/DS/EV/ABR/2020