Suprema Corte admite controversia de AMLO contra INE

La SCJN admitieron una controversia promovida por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República en contra de la decisión del INE de aplazar la revocación de mandato.

CIUDAD DE MÉXICO.- Las Ministras integrantes de la Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitieron una controversia constitucional promovida por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República en contra de la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de aplazar la revocación de mandato.

A través de la lista de notificaciones, la Ministras Yasmín Esquivel Mossa y Margarita Ríos-Farjat informaron de la admisión del recurso y notificaron al INE como parte demandada y a las Cámaras de Senadores y Diputados, así como a la Fiscalía General de la República como terceros interesados.

"Vistos el escrito de demanda y los anexos de quien se ostenta como Consejera Jurídica del Poder Ejecutivo Federal (María Estela Ríos), quien promueve controversia constitucional en contra del Instituto Nacional Electoral. Se tiene por presentada a la promovente con la personalidad que ostenta y se admite a trámite la demanda, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que puedan advertirse al momento de dictar sentencia", señalaron.

En la Corte existen otras dos controversias constitucionales relacionadas con la revocación de mandato, una promovida por INE en contra de la Cámara de Diputados en la que reclama el recorte presupuestal de casi cinco mil millones de pesos que realizaron los legisladores a su presupuesto en 2021 y que le impide realizar la consulta.

La otra controversia fue promovida en por la Cámara de Diputados en contra del INE por haber decidido, en una sesión del Consejo General, aplazar la realización de la consulta hasta en tanto la Corte no resuelva si deben otorgársele más recursos.

Las Ministras concedieron a la Consejería Jurídica la medida cautelar, sin embargo, no se conocen todavía los alcances de esta debido a que no ha sido publicada la resolución.

"En cuanto a la solicitud de suspensión realizada por la promovente, fórmese el cuaderno incidental respectivo con copia certificada del escrito de demanda y sus anexos. Dada la naturaleza e importancia de este procedimiento constitucional, se habilitan los días y horas que se requieran para llevar a cabo las notificaciones de este acuerdo; y hágase la certificación de los días en que transcurren los plazos otorgados en el presente proveído", se señala en la lista de acuerdos.