¿Cuántos días feriados quedan en 2020?
La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 74, establece los días de descanso obligatorio para los trabajadores mexicanos y aunque el año está por terminar, los mexicanos todavía tienen algunos días libres.
CIUDAD DE MÉXICO.- La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 74, establece los días de descanso obligatorio para los trabajadores mexicanos y aunque el año está por terminar, los mexicanos todavía tienen algunos días libres, aquí te decimos cuáles son.
¿Cuántos días feriados quedan en el 2020?
1. Lunes 16 de noviembre, en conmemoración del inicio de la Revolución.
2. Sábado 12 de diciembre, día de la Virgen de Guadalupe.
3. Viernes 25 de diciembre, en conmemoración de la Navidad.
Días festivos en México
En su artículo 74, la Ley Federal del Trabajo señala que las siguientes fechas son días de descanso obligatorio:
1. El 1.º de enero.
2. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
3. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
4. El 1.º de mayo.
5. El 16 de septiembre.
6. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
7. El 1.º de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
8. El 25 de diciembre.
9. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
¿Qué pasa si tengo que trabajar en días feriados?
En México, los días feriados son de descanso obligatorio, por lo que no se debe trabajar, sin embargo, si la empresa en la que laboras te pide que trabajes en un día festivo, esta deberá pagarte tu salario del día, más el doble de tu salario.
Por ejemplo, si ganas $500 pesos al día y laboras en un día festivo, al final deberás recibir $1,500.
Esto queda establecido en el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo:
“En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios.
Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje.
“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
¿Qué hago si en mi trabajo no me pagan extra por laborar en día festivo?
Si en tu trabajo no te pagan lo que corresponde, puedes acudir a las instancias correspondientes.
Puedes llamar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, al 800 717 2942.
También puedes enviar un correo a orientacionprofedet@stps.gob.mx, en donde recibirás orientación de forma gratuita.
EXP/UNI/EV/NOV/2020