¿Por qué AMLO quiere la revocación de mandato?

¿Por qué AMLO quiere la revocación de mandato?, escribe @SGarciaSoto en #SerpientesYEscaleras.

Bastó un comentario del Presidente en su conferencia mañanera de ayer, para que la bancada de Morena en el Senado, que lidera Ricardo Monreal, y la dirigencia nacional del partido oficial, que encabeza Mario Delgado, se activaran con todo para buscar un periodo extraordinario de sesiones en el que se busque aprobar la Ley Federal de Revocación de Mandato, que reglamentaría la reforma al Artículo 35 constitucional, apartado 8 fracción IX, que fue aprobada por el Congreso de la Unión en noviembre de 2019.

La mayoría morenista en el Senado ya se alista para proponer el extraordinario y buscar que se apruebe una iniciativa de ley reglamentaria a partir de las tres propuestas que han sido presentadas en esa cámara, una del senador Monreal, otra del panista Damián Zepeda, y una tercera de la priista Claudia Ruiz Massieu. En esencia, con algunas diferencias de forma y redacción, las tres iniciativas existentes sobre la consulta para Revocación de Mandato, establecen que ésta sólo podrá ser solicitada por ciudadanas y ciudadanos que firmen una petición, en una cantidad equivalente al 3% de la lista nominal de electores, es decir, al menos 3.1 millones de firmas de ciudadanos; que la consulta será organizada por el INE, que instalará mesas receptoras donde los votantes podrán cruzar en una papeleta por el “Sí” o el “No” a la pregunta: “¿Está de acuerdo con que se concluya de manera anticipada el desempeño del cargo de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de confianza?”. Esa redacción aparece tanto en la propuesta de Monreal como en la de Ruiz Massieu.

Para que el resultado de la Consulta de Revocación de Mandato sea vinculante tendrá que participar al menos el 40% del listado nominal de electores (37.2 millones de electores). Si ganara el “Sí”, se abriría un proceso de impugnación de los resultados ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que será el que informe finalmente si la revocación es válida y que tendría que abandonar el cargo, con lo que se activaría la sustitución presidencial contemplada en el Artículo 84 constitucional.

Lo que diferencia las tres iniciativas es que la del morenista Ricardo Monreal establece que la revocación sí puede aplicarse al presidente electo para el periodo 2018-2024, es decir, para Andrés Manuel López Obrador, a pesar de que la reforma constitucional al Artículo 35 se aprobó en 2019 y su aplicación no podría ser retroactiva. Pero para librar ese impedimento constitucional, Monreal invoca los plazos previstos en el Artículo Cuarto Transitorio del Decreto en el que se declaran reformadas y adicionadas las disposiciones de la Constitución en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato, publicado en el DOF el 20 de diciembre de 2019.

Este último criterio, el de la no retroactividad de la ley, está siendo invocado por diversos analistas y expertos constitucionalistas para decir que la Revocación de Mandato, en sentido estricto, no podría aplicarse a López Obrador, porque la reforma constitucional fue aprobada a finales de 2019 cuando él ya había sido electo para gobernar hasta el 2024. Pero está claro que, con el transitorio que invoca Monreal en el decreto de reformas al artículo 35 se pretende brincar ese impedimento, por la sencilla razón de que la “revocación” es un tema que le interesa al Presidente y en el que tiene una clara apuesta política.

El verdadero interés que tiene el Presidente en someter el tiempo de su mandato es que apuesta a tener una clara “ratificación de mandato” con el triunfo del “No”, para lo cual él y Morena movilizarían a todas sus bases y simpatizantes con la idea de que, si la mayoría de los votantes pide que continúe en el cargo, no sólo logra una doble legitimidad como presidente, sino que además se fortalece su imagen y su poder justo en la recta final de su mandato.