Tampoco dictadura de una minoría
"Tampoco dictadura de una minoría", escribe Carlos Marín en #ElAsaltoalaRazón
Pasados de lanza, los partidos Morena, Verde y del Trabajo usaron a sus secretarios en la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados para intentar colar una iniciativa de modificaciones a la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución para facilitarle al presidente López Obrador el sometimiento del Poder Judicial de la Federación, impidiendo que la Suprema Corte de Justicia cumpla su función de velar por el respeto a la Carta Magna.
En su abusiva encomienda utilizaron como amanuense al morenista Juan Ramiro Robledo Ruiz, segundo de la Comisión de Puntos Constitucionales y a sus pares oficialistas en la misma instancia para echar a andar las convocatorias.
La intentona fue parada en seco por el presidente de la Comisión, el panista Felipe Fernando Macías Olvera; Morena y sus secuaces terminaron por desistir del albazo.
El ardid iba en paralelo a la pretensión presidencial de modificar la Constitución para neutralizar a la Suprema Corte de Justicia y, de facto, eliminar la separación de poderes (lo que no será aprobado en la actual legislatura porque no cuenta con la mayoría calificada –al menos dos tercios– de diputados y senadores).
Para que el Ejecutivo concentre el Supremo Poder de la República del que sólo es una parte, el marrullero lópezobradorismo en San Lázaro quiso tomar el atajo de reformar una ley secundaria, para lo cual sólo requiere de su actual mayoría simple.
En esencia, buscaban que, si el Pleno de la Corte analiza una norma en alguna acción de inconstitucionalidad o en una controversia constitucional y no logra la votación requerida de ocho votos por la inconstitucionalidad, esa norma no sólo se entendería como “válida”, sino que los juicios que en el futuro se promovieran contra ella serían improcedentes.
De prosperar el atentado se establecería un mecanismo que violenta los derechos de las personas porque bastaría que cuatro de los 11 ministros calificaran válida la norma para impedir que se volvieran a promover juicios en cualquier órgano jurisdiccional del país.
La gravedad de la iniciativa se evidencia sabiendo que los ministros, como cualquier otra persona, no pueden conocer de todas y cada una de las posibles afectaciones que una disposición jurídica puede tener en cada habitante de México, ya que cada persona es única y únicos los efectos que una ley puede tener en sus derechos.
Por eso la Constitución permite que, con independencia de que los poderes u órganos de gobierno puedan promover procedimientos para cuestionar la constitucionalidad de una norma, cada persona en lo individual pueda recurrir a un juicio de amparo, siendo que este derecho es el medio de defensa y protección frente a omisiones o actos cometidos por cualquier autoridad que resulten violatorios de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y los tratados internacionales que México ha firmado y ratificado, mismos que generan las obligaciones que las autoridades deben cumplir.