Las bondades de la iniciativa de reformas con y para el Poder de Justicia de la Federación
Héctor Contreras es Licenciado en Derecho y presidente de la Barra de Abogados Sonorenses. lic_hectorcontreras@hotmail.com
Dando seguimiento a la reforma que se pretende realizar al Poder Judicial Federal, se establece dentro de la Judicatura una dirección para establecer controles de ingreso a fin de evitar y terminar con la perniciosa práctica del nepotismo que por cierto se ha convertido en un grave problema no sólo del Poder Judicial Federal, si no de la mayoría de los poderes judiciales de las entidades federativas, debo precisar que no se trata de impedir el acceso a las instancias jurisdiccionales a familiares consanguíneos de titulares de instancias judiciales por el sólo hecho del parentesco, porque esto resultaría discriminatorio, sino más bien su incorporación debe ser en igualdad de circunstancias como cualquier otro aspirante, esto es sin favoritismo ni recomendaciones externas ni del interior del poder judicial.
También se establece la inamovilidad de juzgadores después de seis años de ejercicio de funciones, basándose para ello fundamentalmente en la evaluación continua, en la carrera judicial, en el comportamiento y desempeño en la instancia en que se encuentre designado, es decir atendiendo a la meritocracia, en igualdad de condiciones para todas las personas. Algo que requiere especial mención es lo relativo a la paridad de género como principio de la carrera judicial, de tal manera que llegado el momento en que en la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en el Poder Judicial Federal habrá el mismo número de hombres y mujeres.
De igual manera se crea la Escuela Federal de Formación Judicial, como órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal, cuyo objeto es implementar los procesos de formación, capacitación y actualización del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial de la Federación, así mismo será el órgano encargado de llevar a cabo los concursos de oposición para acceder a las distintas categorías de la carrera judicial. Sobre el particular cabe destacar que con la instalación de la Escuela Federal de Formación Judicial se transparentara el ingreso y promoción a las instancias jurisdiccionales, habida cuenta que es secreto a voces que las recomendaciones y cotos de poder eran determinantes en el nombramiento de algunos jueces y magistrados, causando con ello gran desánimo y desmotivación al interior del Poder Judicial, porque no llegaban los más capaces y con mayores méritos, sino los mejor recomendados, y que en ocasiones tuvieron acceso previo a los exámenes de conocimientos mediante los cuales serían evaluados.
También resulta relevante señalar que con las modificaciones antes destacadas se generará un cambio al interior del Poder Judicial Federal, el mismo será insuficiente si al Consejo de la Judicatura Federal lo sigue presidiendo el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, más aún cuando se pretende que la SCJN sea un tribunal constitucional, esto es así porque evidentemente se genera conflicto de intereses entre el Consejo de la Judicatura y el pleno de la SCJN porque en ambas instancias es la misma persona la que lo preside, pero además, un tribunal constitucional verdadero debe de estar al margen del manejo y control del Poder Judicial Federal, tal y como sucede en nuestro país, porque va en contra de la estructura y atribuciones de un tribunal constitucional como es concebido doctrinalmente.
Efectivamente por una parte la SCJN pretende despojarse de todas las cuestiones administrativas no propiamente jurisdiccionales, y por otra parte mantiene el control del Poder Judicial Federal, a través del Consejo de la Judicatura Federal, por lo que bien vale la pena que el Congreso de la Unión analice esta situación para que no sea el Presidente de la SCJN quien al mismo tiempo presida el CJF.
Héctor Contreras es Licenciado en Derecho y presidente de la Barra de Abogados Sonorenses.
lic_hectorcontreras@hotmail.com