Juicio a expresidentes: ¿aplicación de la justicia o instrumento político?

El autor es internacionalista.

Parece terriblemente ingenuo, pero es terriblemente cierto, que el 25% de los mexicanos creen en los políticos, pese a que en los últimos 80 años los diferentes gobiernos le han quedado a deber al pueblo de México.

A pesar de la riqueza abundante de recursos naturales y humanos con los que cuenta el país, ha sido patente la falta de capacidad de los gobernantes para impulsar un desarrollo sostenido.

Nos encontramos con grandes socavones sorpresas que han hundido al país ante una incapacidad de coordinar e impulsar políticas públicas. La corrupción ha sido galopante y vergonzosa para un pueblo con 52.4 millones en la pobreza y 9.3 millones en la pobreza extrema. (2018)

No sólo son los últimos 30 años de corrupción y bandidaje. El 2 de febrero de 1848 perdimos más de la mitad del territorio nacional con E.U., y el 30 de diciembre de 1853, Antonio López de Santa Ana, su “alteza Serenísima”, también vende en 10 millones de dólares a los estadounidenses el territorio conocido como La Mesilla, ubicada entre la frontera con Sonora y Arizona.

Políticos de la vieja guardia han manifestado que su generación le ha fallado al país, todos llegan al poder sin reconocer el pasado con un interés personal de enriquecerse, con una exacerbación ególatra y culto a la personalidad y sin el interés real de impulsar el desarrollo de los mexicanos que creyeron en ellos.

Una generación perdida, que en pleno siglo XXI, ha construido la historia de la desesperanza, y desilusión de más de 127 millones de mexicanos que están atorados y atrasados económica y socialmente, y también en la salud, ante la pandemia que estamos viviendo.

¿Cuál es la búsqueda en el enjuiciamiento a los expresidentes? ¿la aplicación de la Justicia o el enjuague político electoral 2021 ante un revanchismo espectacular? El país vive agudos problemas estructurales como el desplome de la economía, la inseguridad desbordante y la pérdida lamentable de un millón de empleos.

¿Quién enjuicia a quien?

La Ley Federal de Consulta Popular, publicada en 2014, señala en su artículo 12 quiénes podrán solicitar una consulta de este tipo para que la ciudadanía se exprese sobre un tema de trascendencia nacional.

Quienes lo pueden hacer son: el Jefe del Ejecutivo; el equivalente al 33% de los integrantes de cualquiera de las dos Cámaras del Congreso; o los ciudadanos recolectando firmas que equivalgan a por lo menos el 2% de los inscritos en la lista nominal de electores integrada, en este momento, por 90 millones 36 mil ciudadanos.

La Ley refiere que los tiempos límite para presentar la petición de consulta, por las tres vías antes mencionadas, fueron del 1 al 15 de septiembre.

Ninguna de las tres instancias que pueden promover el enjuiciamiento han promovido alguna averiguación previa porque no tienen facultades ministeriales y sólo los jueces podrán determinar su responsabilidad jurídica si es que los términos no han fenecido.

La presente solicitud, sea cual sea la vía, ya sea el Congreso, los ciudadanos o el Ejecutivo federal, tendrán que someter su petición de consulta, incluyendo las preguntas que se hará a la gente, a la revisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que determine su constitucionalidad, para que resuelva y notifique en un plazo de 20 días hábiles.

¿Justicia, revanchismo o enderezar el rumbo desviado del país?

¿Usted qué opina mi estimado lector? Dígamelo…

 El autor es internacionalista.

 manuelseres@gmail.com