El Régimen Patrimonial del Matrimonio
La autora es Maestra en Derecho Internacional Privado por la Universidad de Sonora.
¿Está usted casado o casada?, ¿cuál es el régimen de su matrimonio?, ambas preguntas las realizo frecuentemente en el quehacer notarial y lo sorprendente es que la gran mayoría de las personas no aciertan a responder la segunda pregunta con gran seguridad, de hecho unas personas me preguntan ¿qué significa eso?, entonces creo que cuando andamos con los preparativos para la boda no ponemos mucha atención en este punto importante: El régimen patrimonial del matrimonio.
El matrimonio legalmente es un contrato y como tal, genera derechos y obligaciones para quienes lo celebran, además tiene efectos jurídicos trascendentes en la vida de las personas y les voy a explicar por qué deben tomar nota, no sólo quienes estén a punto de contraer matrimonio, sino también las personas ya casadas.
En nuestro estado de Sonora existe un Código de Familia que regula todo lo relativo al matrimonio, ahí ustedes encontrarán a detalle los regímenes patrimoniales, uno de ellos es la sociedad conyugal, en la que los cónyuges conforman un solo patrimonio con todo lo que adquieran durante el mismo, a excepción de los bienes adquiridos antes del matrimonio o los que adquieran por herencia, donación o legado a favor de uno solo de los cónyuges, a este tipo de régimen comúnmente las personas le llaman de bienes mancomunados.
El otro régimen patrimonial del matrimonio es el de separación de bienes, en éste los bienes son propios del cónyuge que los adquiera, es decir, no hay un patrimonio en común, cada cónyuge es dueño y dispone libremente de lo que adquiera a su nombre.
Cabe mencionar que cualquiera que sea el régimen patrimonial adoptado, los cónyuges de común acuerdo pueden modificarlo en un proceso ante el Juez o en escritura pública.
El conocer los detalles de estos regímenes es importante porque como decía anteriormente el matrimonio produce efectos jurídicos, por ejemplo, en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, algunas personas creen que por ser el cónyuge sobreviviente, las propiedades del cónyuge finado pasan de manera automática a su propiedad o en el caso de divorcio, en el cual aparte de declararse la disolución del vínculo matrimonial, determinarse el aspecto de la manutención de los hijos cuando son menores o estudiantes, también debe formularse la liquidación de los bienes adquiridos durante el matrimonio o dicho de otro modo, con qué bien o bienes se va quedar cada excónyuge.
Para el caso de otorgar un testamento, también es imprescindible conocer el régimen patrimonial para que el testador o testadora, en caso de ser una persona casada, pueda conocer de qué bienes o derechos y en qué porcentaje estará disponiendo para el caso de su muerte.
Incluso al vender o donar una propiedad, fraccionarla u otorgarla en garantía hipotecaria para obtener un préstamo o para vender las acciones o parte social de una empresa, es necesario saber el régimen patrimonial del matrimonio; si es sociedad conyugal requerimos el consentimiento y la firma del otro cónyuge, aunque su nombre no aparezca en el título o escritura de propiedad y si el régimen del matrimonio es de separación de bienes, entonces quien aparezca como propietario en el título o escritura, podrá disponer del bien sin que el otro cónyuge firme el documento.
A quienes están casados los invito a que lean su acta de matrimonio y revisen el régimen patrimonial del mismo y si tienen dudas, programen una cita con el notario de su confianza para que los asesore en forma más amplia sobre este tema y a quienes están por casarse les aconsejo concertar una cita con un notario para que los oriente y les explique todos los aspectos de los regímenes matrimoniales, para que al firmar su acta de matrimonio, en verdad sepan sus consecuencias jurídicas y puedan tomar sus decisiones patrimoniales como pareja, en la mejor forma posible.
La autora es Maestra en Derecho Internacional Privado por la Universidad de Sonora, Titular de la Notaría Pública No. 106 en Hermosillo, Sonora, Presidenta de Consejo de Business Partners y Vicepresidenta de Consejo de Asociación Mexicana de Mujeres Empresarias Amexme, Capítulo Hermosillo, A. C.