Ministro busca conceder la prisión domiciliaria a Gordillo

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CIUDAD DE MÉXICO.- Un Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación pedirá mañana miércoles a sus colegas atraer el caso de la ex lideresa magisterial Elba Esther Gordillo, para aclarar si las personas mayores de 60 años acusadas de un delito federal tienen derecho a prisión domiciliaria mientras son juzgadas.

El Ministro José Ramón Cossío planteará a la Primera Sala de la Corte atraer el amparo de Gordillo contra la negativa de un tribunal unitario de circuito para concederle prisión domiciliaria, pese a que el Código Penal Federal la contempla para mayores de 70 años.

De aprobarse la atracción, la Corte se pronunciará por primera vez sobre el artículo 55 del Código, que deja a los jueces la facultad de otorgar este beneficio, negado a Gordillo con el argumento de que aún no cumplía 70 años cuando se ordenó su aprehensión a principios de 2013.

Según Cossío, la Corte debe aclarar el concepto de "adulto mayor", pues el Código se refiere a los que tienen 70 años, pero la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores ubica en este grupo a todos los mayores de 60 años.

"El asunto permitiría un pronunciamiento de una posible contradicción en relación con la edad para estimar a una persona como adulta mayor, ello, si es que se considera con claridad que ese beneficio en el proceso penal tiene relación directa con la protección de las personas adultas mayores", explica en el proyecto.

Una vez atraído el caso, la Corte revisaría el amparo concedido a Gordillo en febrero de 2016 por la Magistrada federal Isabel Porras.

Ésta consideró que su colega Luis Pérez de la Fuente violó la Constitución y tratados internacionales sobre protección a los adultos mayores al negar la solicitud de Gordillo, pues interpretó de manera restrictiva el artículo 55, con base en la edad de la acusada cuando se ordenó su aprehensión, 68 años, y no los 70 años que ya había cumplido en febrero de 2015, cuando pidió la prisión domiciliaria.

"El artículo 55 debe interpretarse en el sentido de que cuando se instruya causa penal a una persona mayor de edad, el juez podrá ordenar que su prisión preventiva se lleve a cabo en su domicilio, bajo las medidas de seguridad que procedan.
"Lo anterior con independencia de si esa persona fue detenida en flagrancia, caso urgente o mediante el cumplimiento de una orden de aprehensión, así como al margen de la fecha del libramiento de ésta última", afirmó Porras.

Si la Corte confirma este criterio, el caso volvería a Pérez de la Fuente, quien tendría que conceder la prisión domiciliaria a Gordillo, o encontrar otras razones fundadas para negársela.

EXP/REF/RG/NOV/2016

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