Reponen juicio a Rodrigo Medina por deficiencias

medina expreso02142017wCIUDAD DE MÉXICO.- Una juez federal ordenó reponer el juicio iniciado al exGobernador de Nuevo León, Rodrigo Medina, por el caso de los incentivos supuestamente indebidos para Kia Motors.

La impartidora de justicia estimó que la decisión de vincular al exMandatario a proceso carece de fundamentación, es deficiente y no precisa el hecho que le imputan.

Beatriz Jaimez Ramos, Juez Quinto de Distrito en Materia Penal de Nuevo León, otorgó un amparo contra la vinculación a proceso dictada por un Juzgado de Control de la entidad, por el delito de ejercicio indebido de funciones públicas, el 9 de agosto de 2016.

La juzgadora otorgó el amparo 569/2016 al exGobernador, cuya consecuencia será que el juez local cite a las partes a una nueva audiencia para resolver una vez más si debe o no vincularlo a proceso, aunque subsanando los vicios formales en que incurrió en su fallo de hace medio año.

La resolución
El fallo precisa que por tratarse de una reposición, derivada de los vicios formales cometidos por el Juez de Control, no va a pronunciarse por ahora respecto del fondo del asunto, la participación de Medina en el delito imputado y la constitucionalidad de la decisión de procesarlo.

"Al no estar debidamente precisado el hecho, la probable intervención resulta también incierta", se establece en la resolución, según el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

Este fallo aún no es definitivo porque la Fiscalía de Nuevo León puede solicitar su revisión ante un tribunal colegiado en la entidad, y, por tanto, no se cumplirá en lo inmediato.

Medina fue acusado en este primer asunto por los delitos de peculado, contra el patrimonio del estado y ejercicio indebido de funciones públicas, pero el Juez de Control sólo halló elementos para iniciarle el proceso por el último de los ilícitos.

El amparo
Según el amparo concedido a Medina, el juez de control omitió señalar que cada conducta tiene características específicas establecidas en la ley, y sin indicar de manera singular con qué datos de prueba se acreditaba cada una de éstas.

"Debió relacionar cada hecho o hechos con la conducta imputada, no desde un punto de vista técnico pero sí conceptual, a fin de estar en condiciones de corroborar si están o no justificados los elementos esenciales y comunes de las conductas ilícitas", se precisa en el documento.

Según el amparo, el Juez de Control dejó en estado de indefensión al ex gobernador, al no conocer a ciencia cierta cuál o cuáles conductas sustentan el delito de ejercicio indebido de funciones públicas y los datos de prueba que las materializan.

"La actuación reclamada (al juez de control) denota un nulo análisis conceptual en el aspecto fáctico y de los datos que lo corroboren de manera individual".

El juez del fuero común, se agrega, incurrió en una deficiente motivación de la resolución de vinculación a proceso, lo que vulneró las garantías del acusado.

Vinculado a proceso

"La exigencia de precisar las circunstancias del hecho delictivo va más allá de una conducta estrictamente formalista, sino que tiene que ver con el derecho de contradicción del Nuevo Sistema de Justicia Penal, en el que el quejoso sepa con precisión cuál es el hecho que se le imputa y los datos de prueba que lo sostienen, de tal suerte que esté en aptitud de reunir los elementos necesarios para su defensa".

La juez Jaimes puntualizó que no prejuzga sobre los datos de los antecedentes de la investigación, para establecer que se ha cometido un delito, ni sobre la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión, y por ello dejó en libertad de jurisdicción al juez de control para que determine si vincula o no a proceso a Medina.

Incluso que, agregó, en caso de volver a ser vinculado a proceso, el acusado podría promover un nuevo amparo en el que ya sería analizado el fondo del asunto y la constitucionalidad del proceso.

EXP/REF/DAW/FEB/2017